Caducidad de depósitos - Legislación bancaria - Libros y Revistas - VLEX 370463470

Caducidad de depósitos

AutorLuis Morand Valdivieso
Páginas91-92

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caDUciDaD De DePÓsiTOs

6. concentración bancaria

se agregó a la Ley general de Bancos un artículo 35 bis por la Ley nº 19. 05 de 20 de diciembre de 2000. este artículo tiene por objeto conceder facultades para prevenir una concentración del sistema bancario en pocas instituciones, independientemente de las facultades que puedan tener los organismos antimonopolio para prevenir actos contrarios a la libre competencia.
esta disposición opera en los casos de fusión de bancos, adquisición de activos y pasivos de un banco por otro en su totalidad o en una parte sustancial, de toma de control de dos o más bancos por la misma persona o un grupo controlador o de un aumento sustancial de ese control. Todo ello requiere una autorización de la superintendencia cuando, por efectos de uno de esos actos, el banco adquirente o el grupo de bancos resultante alcancen una participación significativa en el mercado. La superintendencia ha señalado que la autorización debe pedirse desde que la participación en el mercado sea mayor de un 15% de él.

La autorización sólo puede denegarse por resolución fundada y siempre que el consejo del Banco central se haya pronunciado en igual sentido por la mayoría de sus miembros en ejercicio.

También la superintendencia puede aprobar el acto sometido a su autorización imponiendo a los bancos participantes exigencias mayores en cuanto a la proporción entre patrimonio efectivo y activos ponderados por riesgo, a la reserva técnica contemplada en el artículo 65 y en el margen de préstamos interbancarios.

La resolución denegatoria puede reclamarse a la justicia en conformidad al artículo 22.

XXiV. caDUciDaD De DePÓsiTOs

el artículo 156 de la Ley general de Bancos reproduce una disposición que se encontraba en otro texto y que se refiere a la caducidad de los depósitos bancarios.
esta norma se hizo necesaria desde hace muchos años, porque el hecho de que un cliente no cobrara un depósito en un

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LegisLaciÓn Bancaria

determinado plazo podía extinguir por prescripción el derecho a cobrarlo al banco y produciría un enriquecimiento sin causa para éste. Por ello se consideró necesario traspasar al Fisco los depósitos no cobrados. esta caducidad no se aplica a los depósitos de plazo indefinido o con cláusula de renovación automática; a los que se constituyen para tomar boletas de garantía; a los cheques viajeros emitidos en el país (no existen actualmente) ni a los...

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