Un borrador deficiente - 14 de Mayo de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 903486321

Un borrador deficiente

El proyecto de nueva Constitución -cuyo borrador termina de votarse hoy- avanza hacia la antesala del plebiscito de salida. Los más de 460 artículos ya aprobados conforman un intrincado texto, que entra en detalles impropios de una Carta Fundamental y arriesga entrabar las posibilidades de desarrollo del país. Es difícil, por lo mismo, entender el entusiasmo manifestado por algunas autoridades al observar que los temas económicos estarían ya "despejados". Más pertinente resultaría un análisis preciso de los beneficios, costos e incertidumbres que plantea un documento donde sobran los ejemplos de normas deficientes o de impredecible alcance.En el ámbito económico, destaca con particular claridad el artículo 20 del capítulo de derechos fundamentales, que regula la expropiación por razones de utilidad pública o interés general declarado por el legislador. La normativa aprobada por el pleno señala que el propietario siempre tendrá derecho a que se le indemnice por el "justo precio" del bien expropiado; que el pago deberá efectuarse de forma previa a la toma de posesión material del bien, pudiendo siempre la persona expropiada reclamar de la legalidad del acto, así como del monto y modalidad de pago ante los tribunales que determine la ley; y que, cualquiera sea la causa invocada para llevar a cabo la expropiación, siempre deberá estar debidamente fundada.Lo anterior -a diferencia del texto hoy vigente- excluye de indemnización a quienes poseen una parte de los atributos o facultades esenciales del dominio. Además, instaura un nuevo parámetro de compensación ("justo precio") que, al no estar legalmente definido, puede diferir del valor de mercado -que refleja la pérdida patrimonial efectiva por el daño causado-y propiciar mayores controversias. Por cierto, si, como ha sugerido el ministro de Hacienda, el precio justo debe ser interpretado como el precio de mercado, no se entiende por qué no se explicitó así y, en cambio, se optó por innovar respecto de las disposiciones actuales. Por otra parte, el texto sugiere que las legislaciones de expropiación futuras serán las responsables de definir los plazos y forma de pago, dando espacio, de este modo, a la discrecionalidad política y debilitando un derecho cuya adecuada protección es esencial para el desarrollo de una economía moderna.Iniciativa exclusiva debilitadaEn lo que concierne al marco fiscal, el borrador también introduce cambios significativos.El artículo 26 del capítulo sobre sistema...

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