Bonistas locales de Latam dicen que parte del plan de Latam 'viola' artículo de la Ley sobre Sociedades Anónimas chilena - 20 de Marzo de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 898992169

Bonistas locales de Latam dicen que parte del plan de Latam 'viola' artículo de la Ley sobre Sociedades Anónimas chilena

En 42 páginas, los bonistas chilenos acreedores de Latam Airlines fueron dejando pistas de lo que serán sus siguientes pasos legales en su arremetida en contra de los términos del plan de reorganización presentado por la compañía aérea en el Capítulo 11 en Estados Unidos.En el escrito ingresado el jueves por los abogados Pedro Pablo Gutiérrez y Cristóbal Jimeno al Segundo Juzgado Civil de Santiago -donde se ventila la Insolvencia Transfronteriza de la aerolínea- se plasman una serie de cuestionamientos legales que evidencian que -a ojo de estos inversores- el plan de la aerolínea es incompatible con varias leyes y normativas chilenas.Esto es lo que planean hacer valer ante la CMF, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) y la propia justicia civil. Y entre la batería de argumentos, apuntan a que el plan de Latam contiene una cláusula de "exención de responsabilidad" que, a su entender, "libera de responsabilidad a los directores y ejecutivos de Latam de cualquier reclamo por sus actuaciones en el marco del Capítulo 11". Esto, prosiguen, "viola disposiciones de orden público del derecho nacional, específicamente lo dispuesto en el inciso primero del artículo 41 de la Ley de Sociedades Anónimas", dice el escrito de los bonistas, aludiendo a la normativa chilena que obliga a los directores a emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y diligencia y a responder solidariamente de perjuicios ocasionados a la sociedad por actuaciones dolosas o culpables.¿Cuál sería la cláusula del plan de Latam reñida con este precepto? Citan una establecida en la sección 11,6 del mencionado plan de la aerolínea, que dice: "Los deudores indemnizarán, defenderán y mantendrán indemnes a los acreedores que respaldan el plan junto a los directores y ejecutivos de la sociedad matriz de Latam, sus afiliados y personas relacionadas sea por y en contra de cualquier acción recurso, demanda, litigio, reclamo u otro procedimiento que resulte de actos u omisiones del Capítulo 11 o del plan"."Se están estudiando acciones administrativas ante la CMF", dice un cercano a un bonista local.En otro punto del escrito, los bonistas apuntan a otra normativa, esta vez de la Ley Concursal Chilena, el artículo 305, que dice que los tribunales chilenos -y la superintendencia- "deberán negarse a reconocer u adoptar medidas dictadas por tribunales extranjeros que sean contrarias al orden público nacional". Apuntan también al...

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