Boletín n° 14.936-13-1 - Informe de la comisión de trabajo y seguridad social, recaído en el proyecto de ley que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos - Núm. 108, Junio 2022 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 913793204

Boletín n° 14.936-13-1 - Informe de la comisión de trabajo y seguridad social, recaído en el proyecto de ley que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos

AutorRicardo Garrido C.
CargoAbogado
Páginas30-87
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MANUAL EJECUTIVO LABORAL
BOLETÍN N° 14.936-13-1
INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, RECAÍDO
EN EL PROYECTO DE LEY QUE REAJUSTA EL MONTO DEL INGRESO MÍNIMO
MENSUAL, ASÍ COMO LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL, Y EL SUBSIDIO
FAMILIAR, OTORGA UN SUBSIDIO TEMPORAL A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS EN LA FORMA QUE INDICA, Y ESTABLECE UN APORTE
COMPENSATORIO DEL AUMENTO DEL VALOR DE LA CANASTA BÁSICA DE
ALIMENTOS.
HONORABLE CÁMARA:
Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en primer trámite
reglamentario, sobre el proyecto de ley del epígrafe, en primer trámite constitucional,
iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, contenido en el Boletín
N° 14.936-13, con urgencia calicada de DISCUSION INMEDIATA.
A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal
asistieron la señora Ministra del Trabajo y Seguridad Social, doña Jeannette Jara
Román; el señor Ministro Secretario General de la Presidencia, don Giorgio Jackson
Drago; el señor Ministro de Hacienda, don Mario Marcel Cullell; el señor Nicolás
Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo, la señora Subsecretaria
de Hacienda, doña Claudia Sanhueza Riveros; don Salvador Orozco Cubillos,
Asesor Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la señora Consuelo
Fernández Carter, Coordinadora Legislativa del Ministerio de Hacienda, y la señora
Virginia Rivas Sánchez, Coordinadora Legislativa del Ministerio de Economìa,
Fomento y Turismo.
Asistieron, asimismo, de manera telemática, los señores Alejandro Steilen Navarro,
Coordinador de Centrales Sindicales (CAT, UNT Y CTCH); Eduardo del Solar,
Presidente de Gremios, Pymes y Cooperativas y Director Ejecutivo de APIS; Rafael
Cumsille Zapapa, Presidente de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña
y Mediana Empresa (CONAPYME); Héctor Sandoval Gallegos, Vicepresidente de
CONAPYME; Félix Luque Portilla, Secretario General (S) de CONAPYME; Mauricio
Águila, en representación de la Asociación de Emprendedores de Chile (ASECH);
Juan Pablo Swett, Presidente de la Multigremial Nacional de Emprendedores, y
la señora Gianina Figueroa Ipinza, Presidenta de UNAPYME, junto a don Lautaro
Videla.
I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1.- Origen y urgencia.
La iniciativa tuvo su origen, como se ha dicho precedentemente, en Mensaje de S.E.
el Presidente de la República, contenido en el Boletín N° 14.936-13, con urgencia
calicada de DISCUSION INMEDIATA.
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NUEVO INGRESO MÍNIMO
2.- Discusión general.
El proyecto fue aprobado en general, en la sesión ordinaria del día 3 de mayo del
año en curso, por 13 votos a favor, 0 en contra y ninguna abstención
Votaron a favor las diputadas señoras Orsini, doña Maite, y Ossandon, doña Ximena,
y los diputados señores Cuello, don Luis; Durán, don Eduardo; Giordano, don
Andrés; Ibáñez, don Diego; Labbé, don Cristián; Leal, don Henry; Manouchehri, don
Daniel (en reemplazo de la señora Cicardini, doña Daniella); Santana, don Juan;
Sauerbaum, don Frank; Ulloa, don Héctor, y Undurraga, don Alberto.
3.- Disposiciones calicadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum
calicado.
A juicio de vuestra Comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración
de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales ni de
quórum calicado.
4.- Diputado Informante.
La Comisión designó a don Luis Cuello Peña y Lillo, en tal calidad.
II.- ANTECEDENTES GENERALES.
El Mensaje con el cual S.E. el Presidente de la República inicia el proyecto de ley en
informe, señala que en Chile el trabajo ha perdido su valor como forma de integración
y cohesión social, y como herramienta primaria de distribución de la riqueza y la
prosperidad. El trabajo decente, en cambio, de acuerdo con la concepción de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), busca avanzar hacia un trabajo
productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana,
mejorando la calidad de vida de las personas.
Por otra parte, agrega, la emergencia sanitaria producto del virus Covid-19 ha
impactado enormemente a las y los trabajadores del país, tanto en lo que respecta
a niveles de empleabilidad, como a su poder adquisitivo, en razón de la inación
y los problemas de importaciones, exportaciones, transporte y logística. Además,
las empresas, y sobre todo las del segmento de MiPyMes han visto afectados sus
ingresos de forma considerable.
En este contexto, arma, una de prioridades legislativas de su Gobierno se reere a
alcanzar alzas signicativas del ingreso mínimo mensual, como un camino hacia el
trabajo decente y un medio para enfrentar las contingencias que merman la calidad
de vida de las y los trabajadores.
Aclara, a continuación que, por supuesto, una medida tan signicativa como la que
se presenta, no podría haber sido realizada sin el trabajo conjunto del Gobierno
con las y los trabajadores del país. En razón de lo anterior, precisa, con fecha 25
de abril de 2022, el Gobierno de Chile, a través de su Ministro de Hacienda y su
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MANUAL EJECUTIVO LABORAL
Ministra del Trabajo y Previsión Social, suscribió un protocolo de acuerdo con la
Directiva Nacional de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) que consideró un
alza del ingreso mínimo mensual a $400.000 para el año 2022, mediante dos alzas
sucesivas, en los meses de mayo y agosto del presente año.
Hace presente, que los reajustes al ingreso mínimo mensual dispuestos en este
proyecto de ley suponen un avance signicativo en la mejora de las condiciones
laborales de las y los trabajadores. Sin embargo, la implementación de estos reajustes
no puede ignorar la situación económica que actualmente enfrentan las MiPyMEs
de nuestro país, afectadas especialmente por la pandemia y los desequilibrios
macroeconómicos del último tiempo.
Al respecto, añade, es fundamental tener en consideración, por una parte, que las
MiPyMEs son las mayores generadoras de empleo en nuestro país, representando
un 52,3% del total de trabajadores(as) dependientes en Chile durante el año 2020
(“Estadísticas de Empresas”, Servicios de Impuestos Internos año 2020).
Por otra parte, expresa que, si bien la emergencia sanitaria decretada a raíz del
Covid-19 afectó a todas las empresas en Chile, el impacto negativo de esta medida
no ha sido sobrellevado de forma homogénea, pues el segmento de MiPyMEs ha
sido el más golpeado. En concreto, según información recopilada por el Ministerio
de Economía, Fomento y Turismo (Boletín “Análisis descriptivo del impacto de la
pandemia sobre las empresas en Chile”, julio 2021), entre 2019 y 2020, el 63,1%
de las microempresas en Chile registraron una caída en sus ventas equivalente
a una disminución promedio de -37,5%. Por su parte, las pequeñas empresas
experimentaron una disminución promedio de -10,4% y las medianas de -4,3%.
Como consecuencia de lo anterior, señala que este segmento ha enfrentado mayores
dicultades para recuperar el nivel de actividad que tenía antes de la crisis, existiendo
varios sectores particularmente rezagados por la actividad económica que realizan,
como la hotelería y la producción de eventos.
Más aún, agrega, el escenario proyectado para este 2022 por el Banco Central de
Chile en su “Informe de Política Monetaria” del mes de marzo, reconoce un ajuste
a la baja de las expectativas de crecimiento de la economía del país, producto del
aumento de la inación (como fenómeno transversal a la economía mundial) y los
efectos que el conicto ruso-ucraniano está teniendo en el valor de las materias
primas, combustibles y el funcionamiento de la cadena logística a nivel mundial.
Por todo lo anterior, y en el contexto del plan de reactivación inclusiva “Chile Apoya”,
mediante este proyecto de ley, arma el Mensaje, se creará un subsidio temporal
en apoyo de las MiPyMEs, destinado especícamente a ayudarles a cumplir con el
pago de los reajustes al ingreso mínimo mensual, hasta el 30 de abril de 2023.
Asimismo, arma que como Gobierno reconocen y resaltan la importancia que tienen
las MiPyMEs en la economía del país y, por lo mismo, el diseño de este subsidio ha
sido previamente sociabilizado y acordado en conjunto con distintas organizaciones
a nivel nacional, mediante un acuerdo celebrado con fecha 27 de abril de 2022

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