Boleta de honorarios: en cuánto quedará tras el aumento anual obligatorio la retención para independientes - 21 de Enero de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 920694320

Boleta de honorarios: en cuánto quedará tras el aumento anual obligatorio la retención para independientes

¿Cómo se calcula el monto bruto a emitir?Del monto bruto por el cual es emitida la boleta, el empleador o empresa a quien se emite el documento entregará este año solo el 87% al contribuyente, reteniendo el 13% de la cifra.Posteriormente, al finalizar el año se procederá al cálculo del valor retenido y se lo declarará en la Operación Renta (abril del año siguiente), donde la Tesorería determinará si existe o no una devolución para el trabajador. En el caso de que exista, el contribuyente podrá optar por una retención parcial o total del pozo acumulado. En la primera opción, el contribuyente destinará el total de su retención al pago de las cotizaciones. Esto significa que cotizará por el 7% del ingreso imponible para salud, y todo el saldo restante de la retención de impuestos se destinará al pago de pensiones.En tanto, con la cobertura parcial, el trabajador podrá optar a cotizar para salud y pensión por un monto menor del ingreso imponible, pudiendo acceder a una devolución de rentas.¿Existen otras retenciones adicionales?En caso de haber solicitado el préstamo solidario o beneficio especial para independientes en 2020 entregado en pandemia, desde septiembre de 2021 comenzó a aplicarse una retención adicional del 3%, la cual regirá mientras se mantenga un saldo pendiente al monto entregado por reintegrar.Esta retención puede ser evitada en caso de pagar anticipado el préstamo, trámite que puede ser realizado en el sitio web www.sii.cl.Fuente: Servicio de Impuestos Internos.¿Para quiénes aplica el cambio?Este nuevo porcentaje de retención aplica para todos los emisores de boletas de honorarios electrónicas y los emisores de boletas de...

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