Ley núm. 12525, publicada el 12 de Septiembre de 1957. AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA QUE OTORGUE A LA EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO EL APORTE EXTRAORDINARIO QUE SEÑALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA |
Rango de Ley | Ley |
AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA QUE OTORGUE A LA EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO EL APORTE EXTRAORDINARIO QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Autorízase al Presidente de la República para otorgar a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, como aporte extraordinario, por una sola vez, la suma de $ 4.037.000.000 a fin de que atienda al mayor gasto que importa la aplicación de la ley 12.434, por aumento de sueldos, salarios y pensiones de su personal.
DEROGADO.
DEROGADO.
DEROGADO.
La Tesorería General de la República pondrá a disposición de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, por una sola vez, la cantidad de $ 3.094.955, para pagar las rebajas de pasajes y fletes otorgados por la indicada Empresa a las Compañías o Conjuntos Teatrales Nacionales hasta el 31 de diciembre de 1955, inclusive.
Reemplázase el artículo 39° del decreto con fuerza de ley 386, de 5 de agosto de 1953, por el siguiente:
"Artículo 39° Sólo tendrán derecho a pases libres permanentes en los trenes de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, sin cargo para el Fisco, los Veteranos de la Guerra del Pacífico.
Tendrán también derecho a pases libres, pero con cargo al Presupuesto de la Nación, donde anualmente se consultarán las partidas correspondientes:
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Los Ministros de Estado, Parlamentarios, Secretarios y Edecán de ambas Cámaras;
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El Presidente, los Ministros y el Fiscal de la Corte Suprema;
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El Contralor y el Subcontralor;
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El Subsecretario de Transportes y el Jefe del Departamento de Transporte Ferroviario;
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Los comandantes en Jefe del Efército, Marina y Aviación;
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El Director General de Carabineros;
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El Director General de Correos y Telégrafos, y h) Los Ministros de Cortes de Apelaciones, Jueces del Crimen y Secretarios de sus Juzgados, dentro de sus respectivos territorios jurisdiccionales."
La Empresa de los Ferrocarriles del Estado transportará gratuitamente las valijas que contengan cartas tarjetas postales, certificados, volantes, diarios, revistas, impresiones en relieves para el uso de ciegos y fonos postales, despachadas por el Servicio de Correos y Telégrafos...
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