Autodenuncia en la Ley que crea la Superintendencia del medio ambiente ¿Un Real Incentivo al Cumplimiento Ambiental?
Autor | Rossi Saavedra Isla - Oscar Reicher Salazar |
Cargo | Egresada Derecho Universidad de Concepción - Egresado Derecho Universidad de Concepción |
Páginas | 67-82 |
RevistadeDerechoAmbiental•AñoIII-67
JUSTICIA AMBIENTAL
AUTODENUNCIA EN LA LEY QUE CREA LA
SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE
¿Un Real Incentivo Al Cumplimiento Ambiental?
Rossi Saavedra Isla *
Oscar Reicher Salazar **
I. INTRODUCCIÓN
Confecha26deenero de2010sepublicólaLey N°20.417quecreóelMinisterio
de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental, y la Superintendencia
delMedio Ambiente.Esta normareformala institucionalidadambiental quetenía
nuestro país, con instituciones como la Comisión Interministerial de Ecología de
1984,yañosdespuéslaComisiónNacionaldeMedioAmbiente(CONAMA).
Comoconstadurantelahistoriadela LeyN°20.417,lainstitucionalidadambiental
fueobjetodevariosestudiosqueanalizabaneldesempeñodeéstaylabúsquedade
nuevos modelos de organización.
Unode esosaspectoses elrelativo alafiscalización, respectodel cualsesostenía
que era un modelo inorgánico y disperso.1 Enefecto,tanto laCONAMAcomolos
organismos sectoriales2contabanconfacultadeslegalespararealizarfiscalizaciones
dentrodelaesferadesusrespectivascompetencias3.Así,existíandiversosorganismos
queanteunhechoqueacarreasedañoambientalconcurríanallugarparafiscalizar.
Junto con ello, el titular de un proyecto debía someterse a varios procedimientos,
plazosyformalidades queimplicabaunalto costoentérminosde tiempoydinero
empleadoenunafiscalización.
Unodelosinformes–quizáselmásconocido–quesetuvoencuentaparalareforma
introducida por la Ley Nº 20.417, corresponde al realizadopor la Organización
de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y la Comisión Económica para
AméricaLatinayelCaribe(CEPAL).Enestedocumentosesostuvoque“una política
de fiscalización de la normativa ambiental sobre la base de la coordinación de los
órganos sectoriales de supervisión y control no es la solución institucional más eficaz
para asegurar su cumplimiento”.4
Egresada Derecho Universidad de Concepción.
Egresado Derecho Universidad de Concepción.
VerhistoriadelaLeyNo20.417,p.8.DisponibleenelsitiowebdelaBibliotecadelCongreso:http://www.bcn.cl/histley/
historias-de-la-ley-ordenadas-por-numero(29/08/2011).
InteresanteresultadestacarqueelinformeelaboradoporlaOrganizacióndeCooperaciónyDesarrolloEconómico(OCDE)
ylaComisiónEconómicaparaAméricaLatinayelCaribe(CEPAL),denominado“EvaluacionesdeldesempeñoAmbiental,
Chile”,delaño2005,indicabaque:“(…)LaCONAMAtieneescasocontrolsobreelniveldecumplimientoyfiscalización
de la normativa ambiental por parte de las entidades sectoriales. Los órganos sectoriales cuentan con el personal y la
capacidad técnica general para realizar las inspecciones sobre el terreno, pero sus actividades de supervisión relacionadas
conelmedioambientesepuedenveropacadasporotraslaboresyprioridades(…)”,p.145,informedisponibleenelsitio
webdelaCEPAL:http://www.eclac.org/publicaciones/xml/2/21252/lcl2305e.pdf(29/08/2011).
Asíseestablecíaenelartículo64delaLeyNº19.300antesdelareformade2010.
OCDE,Informe“EvaluacionesdeldesempeñoAmbiental,Chile”,op.Cit.p.128.
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JUSTICIA AMBIENTAL
Otrodelosmotivosquesetuvoencuentaparaelcambiodelrégimendefiscalización,
ademásde ser inorgánicoy ladispersión de lascompetencias, esque enfatiza la
aplicación de sanciones mas no un sistema de incentivos al cumplimiento ambiental.
Elmensajeconelcual sepresentóelproyectodeley(hoyLey Nº20.417)señalaba
que “El éxito de un buen sistema de regulación ambiental se basa en incorporar
incentivos adecuados para el cumplimiento de la legislación…”.5
En ese sentido se propone al legislativo, como una herramienta que incentiva el
cumplimiento ambiental, la Autodenuncia que en simples palabras es un mecanismo
envirtuddelcual elinfractordeunanorma ambientalpuedelograrunareducción
o exención de la multa aplicable por esa infracción, si la denuncia al organismo
fiscalizador(SuperintendenciadelMedioAmbiente)aportandoinformaciónrelevante
ysuficientedelhecho.
Deestamanera,se pretendeporunaparte,ahorrar alEstadorecursos–porcierto,
siempreescasos–enmateriadefiscalización,y porotraparte,estimularalinfractor
a someterse a las normas ambientales vigentes.
Este mecanismo de incentivo es objeto de estudio en este artículo, analizando el
tratamientoque sele dioen laLey Nº20.417 –notoriamentedistinto acómo se
presentóen elproyecto deley– ala luzde losprincipios de derechoambientaly
comentarios que reflexionan acerca del verdadero efecto que este mecanismo
pretende lograr.
II. AUTODENUNCIA EN LA LEY N° 20.417
Conlareforma alaInstitucionalidad ambientalgeneradapor laLeyN° 20.417,se
quiere dejar en el pasado el modelo de coordinación de los organismos sectoriales
con competencia ambiental y establecer en su lugar un sistema de control vertical
que concentra competencias, dirige y toma decisiones. Por esta razón, la ley entregó
ladefinicióndepolíticasynormasambientalesalMinisteriodelMedioAmbiente;la
gestiónambientalalServiciodeEvaluaciónAmbiental;yfinalmente,lafiscalizacióny
sanción a la Superintendencia de Medio Ambiente. De esta manera la ley estableció
tresdimensionesclaramentediferenciadasconsusrespectivasfuncionesyorganismos
a cargo de ejecutarlas.
Como hemos señalado, la Superintendencia de Medio Ambiente es el organismo
quetienecomomisiónlafiscalizacióndelcumplimiento delanormativaambiental.
En este sentido, le corresponde “ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y
fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental, de las medidas de los
Planes de Prevención y, o de Descontaminación Ambiental, del contenido de las
Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, y de los Planes de Manejo,
cuando corresponda, y de todos aquellos otros instrumentos de carácter ambiental
que establezca la ley”.6El artículo3de laley estableceun ampliocatálogode las
funcionesyatribucionesquetieneesteorganismo.
LaSuperintendencia,encumplimientodesuslaboresfiscalizadoras,puedeimponer
sanciones ante las infracciones de que tenga conocimiento, conforme han sido
VerhistoriadelaLeyN°20.417;p.13.
Art.2delaLeyN°20.417.
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