Anexo 6. Auto Acordado tramitación en sistemas informáticos en las Cortes de Apelaciones y Corte Suprema, de 11 de julio de 2006 (Publicado en el Diario Oficial de 28 de julio de 2006).
Autor | Rodrigo Silva Montes |
Páginas | 153-156 |
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En uso de sus facultades económicas, se
acuerda disponer la tramitación en sistema
informático en las Cortes de Apelaciones
y Corte Suprema, en las materias y con-
forme a las siguientes disposiciones:
1. Ámbito de Aplicación. Esta Corte Su-
prema ha dispuesto la implementación
del Sistema de Información de Apoyo a la
Gestión Judicial (
SIAGJ
), que comprende
la tramitación en carpetas con registro en
soporte electrónico para los tribunales en
que, conforme a la habilitación legislativa
correspondiente, se ha decidido esta forma
de tramitación, es así como se ha instrui-
do a los tribunales del país respecto de los
procedimientos aplicables ante los Juzgados
de la Reforma Procesal Penal, Juzgados de
Garantías, Tribunales de Juicio Oral y el
Centro de Justicia de Santiago, así como
en los Juzgados de Familia (elaborándose
el Sistema Informático de los Juzgados de
Familia, SITFA) y Juzgados de Cobranza La-
boral (desarrollándose el Sistema Informá-
tico de los Juzgados de Cobranza Laboral
y Previsional SITCO), a los que se unirá el
año 2007 las materias comprendidas en la
Responsabilidad Penal Adolescente y los nuevos
Tribunales Laborales; tribunales y materias
respecto de las que se hace necesario definir
criterios básicos para la tramitación en el
sistema de carpetas con registro en soporte
electrónico en las Cortes de Apelaciones y
Corte Suprema buscando su mayor econo-
mía, eficiencia y eficacia, como también
evitando formalidades y dilaciones innece-
sarias asociadas al procedimiento.
2. Registro Informático de Causas. Las ac-
tuaciones que corresponda realizar ante las
Cortes de Apelaciones y Corte Suprema,
en el marco de las reformas procesales en
lo penal, familia, laboral y previsional, se
registrarán en formato computacional y
de audio, en su caso, incorporadas a una
carpeta informática individual por recurso
que sólo se integrará con el registro, en
dicho soporte, de los antecedentes que den
cuenta de las actuaciones, presentaciones
de las partes y resoluciones adoptadas por
el tribunal en el curso del procedimien-
to y que de acuerdo a la ley corresponda
registrar.
La carpeta informática individual por
recurso será respaldada por la Corpora-
ción Administrativa del Poder Judicial,
mediante sistema computacional en forma
diaria, semanal y mensual, conforme a
los procedimientos técnicos aprobados
y que apruebe en el futuro esta Corte
Suprema.
3. Ingreso de Causas. El ingreso de causas
se efectuará en la Secretaría que correspon-
da y, en su caso, en la Oficina de Ingreso
y Distribución de la Corte respectiva, me-
diante interconexión electrónica con los
diversos tribunales haciendo uso del Sistema
Informático conforme a las materias de
que se trate.
4. Remisión de los Antecedentes. Conce-
dido un recurso por el tribunal a quo u
ordenado remitir los antecedentes para su
conocimiento y resolución por el tribunal
ad quem, se enviará u obtendrá copia del
registro computacional y de audio, además
de trascripción íntegra de la resolución
impugnada, copia electrónica de la pre-
sentación por la cual se interpone el re-
ANEXO 6
AUTO ACORDADO TRAMITACIÓN EN SISTEMAS INFORMÁTICOS
EN LAS CORTES DE APELACIONES Y CORTE SUPREMA,
DE 11 DE JULIO DE 2006
(Publicado en el Diario Oficial de 28 de julio de 2006)
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