Aspectos procedimentales de la norma general antielusiva. Análisis comparado del caso de Chile y España - Núm. 11-1, Mayo 2023 - Revista Latin American Legal Studies - Libros y Revistas - VLEX 932125739

Aspectos procedimentales de la norma general antielusiva. Análisis comparado del caso de Chile y España

AutorPatricia Toledo-Zúñiga/María Pilar Navarro-Schiappacasse
CargoUniversidad Austral de Chile, Valdivia, Chile/Universidad de O'Higgins, Rancagua, Chile
Páginas172-194
LATIN AMERICAN LEGAL STUDIES Vol. 11 1 (2023), pp. 149-194
DOI: 10.15691/0719-9112Vol11n1a5
Cómo citar este artículo:
TOLEDO-ZÚÑIGA, Patricia y NAVARRO-SCHIAPPACASSE, María Pilar (2023). Procedural Aspects of the General
Anti-Avoidance Rule. Comparative Analysis of the Cases of Chile and Spain”,
Latin American Legal Studies
, Vol.
11 1, pp. 149-194.
Procedural Aspects of the General Anti-Avoidance Rule.
Comparative Analysis of the Cases of Chile and Spain
Aspectos procedimentales de la norma general antielusiva.
Análisis comparado del caso de Chile y España
PATRICIA TOLEDO-ZÚÑIGA*
MARÍA PILAR NAVARRO-SCHIAPPACASSE**
Abstract
Tax avoidance is a matter of worldwide concern, since it produces effects that
impinge the proper functioning of any tax system. One of the strategies for fighting
against tax avoidance is the establishment of an general anti-avoidance general rule
(GAAR). This work is aimed at comparatively analyzing the procedural aspects of
the Chilean GAAR and the Spanish GAAR, based on the similarities between their
regulations, in order to benefit from the experience of the Spanish legislation, with
achievements and shortcomings, for the complex legal activity that will entail the
application of the GAAR in Chile.
Keywords: Tax avoidance, general anti-avoidance rule, abuse of legal forms, conflict of application of the tax norm,
tax avoidance declaration.
Resumen
La elusión fiscal es un tema de preocupación mundial porque produce efectos que
atentan contra el correcto funcionamiento de todo sistema tributario. Una de las
estrategias para luchar contra la elusión fiscal es el est ablecimiento de una norma
general antielusiva (NGA). Este trabajo tiene por objetivo analizar
comparativamente los aspectos procedimentales de la NGA chilena y la NGA
española, con base en la similitud de sus regulaciones, a fin de aprovechar la
* Universidad Austral de Chile, Valdivia, Chile (patricia.toledo@uach.cl). ORCID: https://orcid.org/0000-
0002-0438-6348. Article received on September 26th 2022, and accepted for publication on January 23rd 2023.
Translated by Mauricio Reyes. Acknowledgements to Proyecto Fondecyt de Iniciación Nº11190344, titled
“Elusión fiscal. Hacia la construcción de una teoría normativa para la interpretación de la norma general
antielusiva en el Derecho tributario chileno” [“Tax Avoidance. Towards Building a Normative Theory for
Interpreting the General Anti-Avoidance Rule in the Chilean Tax Law”].
** Universidad de O’Higgins, Rancagua, Chile (mariapilarnavarro@gmail.com). ORCID:
https://orcid.org/0000-0001-7750-7617. Acknowledgements to Proyecto Fondecyt de Iniciación N°11200366,
titled “Bases para la construcción de una teoría general del régimen sancionatorio previsto en Chile para
combatir las conductas elusivas” [“Foundations for Building a General Theory of the Sanctioning Regime
Established in Chile for Fighting Tax Avoidance Schemes”].
173 Patricia Toledo-Zúñiga y María Pilar Navarro-Schiappacasse
experiencia, con aciertos y desaciertos, de la legislación española para la compleja
actividad jurídica que implicará aplicar la NGA en Chile.
Palabras clave: Elusión fiscal, norma general antielusiva, abuso de las formas jurídicas,; conflicto de aplicación de
la norma tributaria, declaración de la elusión..
INTRODUCCIÓN
La elusión fiscal se ha convertido en un tema común en las agendas de política
tributaria de los diversos países del mundo. De hecho, el año 2013 los países miembros de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) se comprometieron
a colaborar conjuntamente en el desarrollo de acciones para combatir la elusión fiscal;
1
así se
aprobó el “Plan de Acciones sobre Erosión de Bases Imponibles y Traslado de Beneficios”
(Plan BEPS). La elusión fiscal surge de conductas de contribuyentes que, buscando el ahorro
impositivo, cumplen con la ley tributaria formalmente, pero la vulneran en su sentido o
significado; por tanto, se trata de una planificación tributaria ilícita.
La elusión fiscal es un tema de preocupación mundial porque produce efectos que
atentan contra el correcto funcionamiento de todo sistema tributario. Así, disminuye la
recaudación fiscal porque priva al Estado de los ingresos públicos que legítimamente le
corresponden. Atenta contra la libre competencia porque el contribuyente elusor obtiene
beneficios económicos que le otorgan una ventaja inadmisible en perjuicio del contribuyente
cumplidor. Infringe principios constitucionales establecidos como criterios justos de reparto
de la carga tributaria, tal como el principio de igualdad tributaria; entre dos contribuyentes
con igual capacidad económica, el contribuyente elusor soportará una carga tributaria menor
que el contribuyente cumplidor.
2
Dentro de las estrategias para luchar contra la elusión fiscal se encuentra el
establecimiento de una norma general antielusiva (en adelante NGA), también llamada
cláusula general antielusión o General Anti-Avoidance Rule (GAAR). Una NGA puede definirse
como una norma jurídica estructurada por un supuesto de hecho genérico, definido por el
legislador como constitutivo de elusión, cuya consecuencia jurídica consiste en la asignación
de facultades a la Administración tributaria para desconocer el acto o negocio elusivo y
aplicar el régimen jurídico-fiscal que se ha tratado de eludir.
3
Es importante clarificar que la elusión fiscal implica el cumplimiento del principio de
legalidad tributaria desde una perspectiva formal, es decir, el contribuyente elusor cumple
con la letra de la ley. Sin embargo, la elusión fiscal implica el incumplimiento del principio
de legalidad tributaria desde una perfectiva sustantiva, es decir, el contribuyente elusor, por
medio de un abuso de las formas o artificios, incumple con el sentido de la ley.
Por tanto, la declaración de elusión fiscal es una tarea que implica, necesariamente,
complejas actividades de interpretación y recalificación jurídicas. En este contexto, queda en
1
OCDE (2013).
2
Al respecto el Tribunal Constitucional de España ha declarado: “lo que unos no paguen debiendo pagar, lo
tendrán que pagar otros con más espíritu cívico o con menos posibilidades de defraudar”. STC 110/1984, FJ.
3°.
3
GARCÍA (2004) p. 259; SANZ (2012), pp. 53-55.

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