Aspectos generales del derecho comercial - Título I. Los actos de comercio - Primera Parte. Los actos de comercio y la organización jurídica de la empresa - Derecho Comercial. Tomo I. Volumen 1 - Libros y Revistas - VLEX 258061526

Aspectos generales del derecho comercial

AutorRicardo Sandoval López
Cargo del AutorProfesor Catedrático Visitante, Universidad Pablo de Olavide, Sevilla, España. Miembro de 'International Academy of Commercial and Consumer Law' (EE.UU.)
Páginas21-46
21
Sección I
Nociones preliminares
Párrafo I
La producción y el consumo de bienes
1. Introducción. El derecho comercial es
la disciplina jurídica que rige una parte de
la actividad económica, el comercio y las
relaciones que nacen de su ejercicio. Es
preciso en consecuencia comenzar por el
análisis del origen del comercio y su evolu-
ción, para continuar con la formación his-
tórica de las normas que lo regulan y las
doctrinas acerca de su fundamento.
A partir del momento en que la eco-
nomía cerrada, en la cual cada grupo hu-
mano satisface totalmente sus necesidades,
resulta inapropiada en la organización de
la sociedad, surge el fenómeno del inter-
cambio de bienes o trueque, que si bien
es cierto no puede calificarse aisladamen-
te como actividad mercantil, no es menos
cierto que constituye su origen. En efecto,
si un grupo humano tiene carencia de de-
terminados bienes, pero al mismo tiempo
produce en exceso otras cosas, buscará otro
grupo con el cual iniciar un trueque que
permita a ambos complementarse en la
satisfacción de sus respectivas necesidades.
Así, de un modo embrionario, se ha ma-
nifestado una forma de división del traba-
jo y la formación de una economía en la
cual no sólo se producirá para satisfacer
necesidades grupales, sino para realizar
nuevos intercambios. De esta suerte nace
el comercio, mediante la ejecución de ac-
tos que consistieron primero en el simple
cambio de valores reales por otros de igual
naturaleza, para luego perfeccionarse me-
diante cambio de valores reales por repre-
sentativos, cuando se inventa la moneda
como medida común, dándose origen a
la compraventa.
Más tarde aún se logrará el cambio
de valores representativos por otros de
igual naturaleza, y en la actualidad los
intercambios tienden a efectuarse a tra-
vés de mensajes electrónicos y de anota-
ciones en cuentas.
Párrafo II
El cambio, la intermediación y el lucro
2. La noción de comercio. Además de los
actos de cambio, la actividad comercial su-
pone una interposición entre producto-
res y consumidores. Esta intermediación
no es otra cosa que el acercamiento de los
bienes del productor al consumidor. Es el
comerciante quien pone a disposición de
los consumidores los bienes producidos;
es él quien realiza los actos de intermedia-
ción, contribuyendo de esta suerte a ace-
lerar el proceso de la producción.
El comerciante, al ejecutar su misión
de intermediario entre quienes producen
los bienes y quienes los necesitan para sa-
tisfacer sus necesidades, presta un servicio
TÍTULO I
LOS ACTOS DE COMERCIO
Capítulo I
ASPECTOS GENERALES DEL DERECHO COMERCIAL
22
Ricardo Sandoval López
que normalmente debe ser retribuido
mediante la obtención de una ganancia
o lucro. El ánimo de lucro es, en conse-
cuencia, un elemento de la actividad co-
mercial, pero que por sí solo no basta
para caracterizarla. Es preciso la compa-
recencia de la intermediación en el pro-
ceso productivo. Así, ciertas actividades
profesionales suponen la persecución de
bienes lucrativos, pero por no contar con
el otro elemento no pueden ser conside-
radas como actividades mercantiles.
El comercio puede definirse señalando
que se trata de una actividad de interme-
diación entre productores y consumido-
res realizada con propósito lucrativo. Vale
la pena tener presente que el comercio,
en sentido económico, comprende sola-
mente la circulación o distribución de las
riquezas, excluyendo el proceso de la pro-
ducción, en tanto que, en sentido jurídi-
co, la actividad comercial comprende no
sólo la distribución o circulación de los
productos, sino también su producción
misma. En este sentido, Ripert ha dicho:
“El industrial en sentido jurídico del tér-
mino es un comerciante”.1 Sin embargo,
la agricultura, la actividad extractiva en ge-
neral (minería), los servicios prestados por
los profesionales liberales, si bien son par-
te de la actividad económica, no quedan
comprendidos dentro de la esfera de apli-
cación de esta disciplina jurídica. Pero en
la legislación nacional de quiebras, el deu-
dor que ejerce una actividad comercial,
industrial, minera o agrícola, queda suje-
to a un régimen más riguroso, en el cual
resulta más fácil la declaratoria y las con-
secuencias de la quiebra son más vastas.
3. El tráfico mercantil moderno. La acti-
vidad mercantil de nuestros días, caracte-
rizada por su complejidad creciente y por
las exigencias derivadas del tráfico masi-
vo, debe desarrollarse en forma eficaz y
competitiva, lo que se consigue solamen-
te adoptando una determinada forma de
organización. Esta organización no es otra
que la empresa. La misión del derecho
regulador del tráfico mercantil moderno
no sólo consiste en proporcionar la es-
tructura para la organización jurídica de
la gran empresa que asegure su adecua-
do funcionamiento, sino en crear toda
clase de instrumentos, mecanismos e ins-
tituciones que faciliten la circulación ma-
siva de bienes, valores y servicios.
Destinado a regir fenómenos econó-
micos más que a hacer triunfar princi-
pios de derecho natural, como lo señala
Claude J. Berr,2 el derecho comercial se
acerca al derecho económico como dere-
cho regulador de toda la actividad eco-
nómica, pero a diferencia de este último,
no se ocupa preferentemente de los inte-
reses colectivos y públicos, sino que se
limita a regular las relaciones privadas que
se originan en el ejercicio de la actividad
mercantil.
Mediante estos conceptos generales
hemos proporcionado las nociones bási-
cas de comercio y su evolución, pero
como la aparición del comercio no coin-
cide con el surgimiento del derecho que
lo regula, nos ocuparemos ahora de la
formación histórica de este último.
Sección II
Formación histórica y noción
del derecho comercial
Párrafo I
La formación histórica del derecho
comercial
4. Nacimiento y evolución del derecho co-
mercial. El nacimiento del derecho mer-
cantil está íntimamente ligado a la
actividad de los gremios y corporaciones
1 RIPERT, GEORGES, Traité Élémentaire de Droit
Commercial, 7a ed., por René Roblot, t. I, París, 1972,
Nº 1, p. 1.
2 BERR, CLAUDE J., La Place de la Notion de Con-
trôle en Droit des Sociétés. MÉLANGES, DANIEL BASTIAN,
Droit des Sociétés, Librairie Technique, París, 1974,
p. 3.

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