Artículo 10 Nº 5º - Texto y Comentario del Codigo Penal Chileno. Tomo I - Libros y Revistas - VLEX 327851943

Artículo 10 Nº 5º

AutorJean Pierre Matus Acuña
Cargo del AutorProfesor Asociado de Derecho Penal, Universidad de Talca
Páginas137-139
137ARTICULO 10 NOS 4º A 7º
industriales. Puede tratarse también de una dependencia de un edi-
ficio, casa u oficina que cumpla dichas funciones.
c) Impedir la consumación, de noche, de alguno de los siguien-
tes delitos: secuestro, sustracción de menores, violación, parrici-
dio, homicidio, robo con violencia o intimidación en las personas
y robo por sorpresa. Las particularidades de cada una de estas
figuras, en cuanto a su grado de consumación, corresponde a su
estudio en los respectivos artículos de la parte especial. En cuanto
al concepto de noche, v. supra b).
7. Aspectos procesales relevantes. El art. 265 CPP 1906 establece
un régimen excepcional de libertad provisional para quienes se en-
cuentren aparentemente en un caso de legítima defensa de los Nos 4º,
5º y 6º del art. 10: será resuelta de inmediato por el juez de la causa,
aun verbalmente, de oficio o a petición de parte, y con caución o
sin ella, cualquiera que sea el daño causado al agresor; no requerirá del
trámite de consulta, ni será necesario cumplir con otro requisito ni
rendir fianza, en su caso, y la apelación se concederá en el solo
efecto devolutivo. Además, tratándose de legítima defensa privile-
giada, el art. 260 CPP 1906 establece que la del detenido por la
policía en situación de flagrancia en un caso en que pueda configu-
rarse el privilegio, lo será en su casa o en la que señale dentro del
término jurisdiccional del tribunal competente.
8. Bibliografía. Sergio Politoff: El papel del factor subjetivo en las cau-
sas de justificación…, Santiago, 1996; José Luis Guzmán Dálbora:
“Dignidad humana” y “moderatio” en la legítima defensa (notas sobre
una interpretación restrictiva de la institución), en Revista de Derecho
Penal y Criminología 4 (1994), 359; Soto Piñeiro, Miguel: Una
jurisprudencia histórica: hacia el reconocimiento del “principio de culpabi-
lidad” en el derecho penal chileno, en Rev. de Derecho de la Universi-
dad Finis Terrae. Año III Nº 3 (1999), 233-253.
Art. 10 Nº 5º. El que obra en defensa de la persona o
derechos de su cónyuge, de sus parientes consanguíneos
legítimos en toda la línea recta y en la colateral hasta el
cuarto grado inclusive, de sus afines legítimos en toda la
nea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclu-
sive, de sus padres o hijos naturales o ilegítimos recono-

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