Artículo 14 - Texto y Comentario del Codigo Penal Chileno. Tomo I - Libros y Revistas - VLEX 327852331

Artículo 14

AutorJean Pierre Matus Acuña
Cargo del AutorProfesor Asociado de Derecho Penal, Universidad de Talca
Páginas229-237
229229
Art. 14. “Son responsables criminalmente de los delitos:
Los autores.
Los cómplices.
3º Los encubridores”.
COMENTARIO AL ART.14 Y COMENTARIO PRELIMINAR A LOS ARTÍCULOS 15 A 17.
EL CONCURSO DE PERSONAS EN EL DELITO
1. Historia legislativa. Los arts. 14 a 17 fueron redactados en las Ses. 10
(24.05.1870), 11 (23.05.1870 –así en el original–), 125 (04.04.1872), 126
(16.04.1873), 127 (18.04.1873) y 168 (01.10.1873) CR, tomando de mo-
delo lo dispuesto en el artículo 11 CEsp, aunque se consultó también el
art. 66 CBelg, introduciéndose en la discusión importantes modificacio-
nes, principalmente al art. 15, “a fin de comprender con bastante clari-
dad: 1º al ejecutor directo del delito; 2º al ajente que le ayuda a realizarlo
i con su cooperación o mera presencia ampara o autoriza su perpetra-
ción; i 3º por último, al que ordena u obliga a ejecutar el delito” (Se. 125
de 04.04.1872, Actas, 470), encargándose su redacción al Sr. Renjifo. Es-
tas modificaciones fueron aprobadas en la Se. 126 CR de 16.04.1873 (Ac-
tas, 471). Además, se modificó la redacción del art. 17, para acomodarlo
a las particularidades del resto del Código y de la legislación civil enton-
ces vigente (Se. 126 (16.04.1873), 127 (18.04.1873) y 168 (01.10.1873)
CR). Posteriormente, la Ley Nº 19.077, de 28.08.1991, modificó el Nº 3
del art. 17, eliminando las limitaciones que allí se establecían para esta
forma de encubrimiento. En particular, las modificaciones introducidas
al modelo son las siguientes:
A) En el Nº 1º del art. 15 se alteró la redacción original del CEsp, am-
pliándose su alcance mediante la introducción de dos modalidades alternati-
vas de coautoría: interviniendo “de manera directa” o “impidiendo o
procurando impedir que se evite”. Los ejemplos de que se valió la CR para
ampliar la redacción original son los siguientes: en el primer caso “se hallará
Artículos 14 a 17
ENRIQUE CURY URZÚA
Con la colaboración de
JEAN PIERRE MATUS ACUÑA
TITULO II
DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS DELITOS

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR