Artículo 14
Autor | Jean Pierre Matus Acuña |
Cargo del Autor | Profesor Asociado de Derecho Penal, Universidad de Talca |
Páginas | 229-237 |
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Art. 14. “Son responsables criminalmente de los delitos:
1º Los autores.
2º Los cómplices.
3º Los encubridores”.
COMENTARIO AL ART.14 Y COMENTARIO PRELIMINAR A LOS ARTÍCULOS 15 A 17.
EL CONCURSO DE PERSONAS EN EL DELITO
1. Historia legislativa. Los arts. 14 a 17 fueron redactados en las Ses. 10
(24.05.1870), 11 (23.05.1870 –así en el original–), 125 (04.04.1872), 126
(16.04.1873), 127 (18.04.1873) y 168 (01.10.1873) CR, tomando de mo-
delo lo dispuesto en el artículo 11 CEsp, aunque se consultó también el
art. 66 CBelg, introduciéndose en la discusión importantes modificacio-
nes, principalmente al art. 15, “a fin de comprender con bastante clari-
dad: 1º al ejecutor directo del delito; 2º al ajente que le ayuda a realizarlo
i con su cooperación o mera presencia ampara o autoriza su perpetra-
ción; i 3º por último, al que ordena u obliga a ejecutar el delito” (Se. 125
de 04.04.1872, Actas, 470), encargándose su redacción al Sr. Renjifo. Es-
tas modificaciones fueron aprobadas en la Se. 126 CR de 16.04.1873 (Ac-
tas, 471). Además, se modificó la redacción del art. 17, para acomodarlo
a las particularidades del resto del Código y de la legislación civil enton-
ces vigente (Se. 126 (16.04.1873), 127 (18.04.1873) y 168 (01.10.1873)
CR). Posteriormente, la Ley Nº 19.077, de 28.08.1991, modificó el Nº 3
del art. 17, eliminando las limitaciones que allí se establecían para esta
forma de encubrimiento. En particular, las modificaciones introducidas
al modelo son las siguientes:
A) En el Nº 1º del art. 15 se alteró la redacción original del CEsp, am-
pliándose su alcance mediante la introducción de dos modalidades alternati-
vas de coautoría: interviniendo “de manera directa” o “impidiendo o
procurando impedir que se evite”. Los ejemplos de que se valió la CR para
ampliar la redacción original son los siguientes: en el primer caso “se hallará
Artículos 14 a 17
ENRIQUE CURY URZÚA
Con la colaboración de
JEAN PIERRE MATUS ACUÑA
TITULO II
DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS DELITOS
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