Estado del arte de los impuestos en Chile - Núm. 282, Marzo 2020 - Serie Informe Económico - Libros y Revistas - VLEX 842745725

Estado del arte de los impuestos en Chile

AutorMacarena García A.
CargoIngeniero comercial con mención en economía de la Pontificia Universidad Católica de Chile y máster en Macroeconomía Aplicada de la misma casa de estudios
Páginas10-31
Serie Informe Económica 282 10
3. ESTADO DEL ARTE DE
LOS IMPUESTOS EN CHILE
a estructura tributaria chilena que se encontraba
vigente a nes de 1973 contaba con múltiples
exenciones, franquicias y tratamientos especiales,
situación que generaba grandes distorsiones en la
asignación de recursos y dicultades para establecer un
esquema tributario progresivo9. Investigaciones muestran
que sólo en el impuesto a las ventas de la época existían
en torno a 110 exenciones, mientras que había 173 excep-
ciones en otros cuerpos legales10. El origen de la estructu-
ra tributaria vigente a 1973 habría sido el resultado de su-
cesivas modicaciones incorporadas a través del tiempo
desde mediados del siglo XX con objetivos recaudatorios,
de forma de nanciar los décits presupuestarios observa-
dos, pero sin un marco global de referencia que lo hiciera
consistente.
Posteriormente, el sistema tributario chileno ha experi-
mentado importantes cambios, destacando las reformas
implementadas en 1974, 1984, 2014 y 2020.
La reforma de 1974 implicó un cambio importante en los
impuestos indirectos. Destaca la migración desde un im-
puesto en cascada, que además de aplicarse en todas las
etapas del proceso productivo es también acumulativo, ha-
cia un impuesto al valor agregado (IVA)11. De esta forma,
se pasó de un sistema que distorsionaba enormemente
los precios de los productos, encareciendo aquellos que en
su elaboración requieren de más etapas productivas y que
presentaba altísimas tasas de evasión12, hacia uno neutral,
dado que el IVA grava con la misma tasa efectiva a todos
los bienes y servicios consumidos, que acotó los espacios
para la evasión y la elusión, y ofreció ventajas para que la
administración tributaria ejerciera una mejor gestión y con-
trol con menores esfuerzos.
La reforma de 1974 también incluyó un cambio fundamen-
tal en el impuesto a la renta. En el caso de las empresas,
Lel impuesto pasó de contener una importante cantidad de
exenciones y tasas, a abarcar casi todos los sectores eco-
nómicos con una tasa única, de forma que la asignación de
recursos por parte del sector privado se guiara por motivos
de rentabilidad y no por razones de ingeniería tributaria.
Posteriormente, en 1984 se estableció la integración de los
impuestos a las empresas con los impuestos personales
de sus dueños, de forma que lo pagado por la empresa
pasa a ser crédito para los impuestos personales y así evi-
tar la doble tributación sobre una misma renta13.
Con estos ajustes, se llegó a un sistema de impuesto a la
renta que evitaba la doble tributación, de base amplia a ni-
vel sectorial y con un criterio de renta global. Estos elemen-
tos fueron fundamentales para fomentar la eciencia en
la asignación de recursos, así como la equidad horizontal,
donde dos personas con la misma renta pagan los mis-
mos impuestos, independientemente de su condición de
empleados o empresarios. Adicionalmente, contenía im-
portantes incentivos al ahorro y la inversión, como sería
la tributación en base a utilidades retiradas de la empresa.
La reforma tributaria del 2014, elaborada con criterio emi-
nentemente recaudatorio, afectó negativamente la eva-
luación respecto de la equidad y eciencia del sistema
tributario imperante. Por un lado, implementó un sistema
semi integrado entre las rentas del capital y las rentas
personales (sólo el 65% del impuesto de las primeras po-
drían ser utilizadas como crédito del impuesto aplicado a
las segundas), aumentando la tasa de impuesto del Global
Complementario de las personas que reciben ingresos pro-
venientes de empresas en 9,45% con respecto de la tasa
de impuesto de los ingresos provenientes del trabajo. En
este escenario, dos personas que ganan lo mismo, paga-
rían distintas tasas de impuestos dependiendo del origen
de los ingresos.
Cheyre (1986).
9
Lamarca (1981).
10
Posteriormente el IVA experimentó otras dos modicaciones importantes. En 1976 se integró a los servicios al sistema del impuesto al valor agregado y se eliminó una
la larga lista de exenciones (entre otras, a los bienes de los sectores primarios como agricultura, ganadería, caza, pesca y minería y personales). En 1987 se integró a este
sistema a la actividad de la construcción mediante la publicación de la Ley Nº18.630. Con estos ajustes, el IVA pasó a predominar en la recaudación de los impuestos.
11
Hay estimaciones que ubican esta evasión en aproximadamente 80%.
12
Jorratt (2000).
13
Libertad y Desarrollo
11
Adicionalmente, el sistema de impuesto a la renta aumentó
enormemente la complejidad del cumplimiento tributario
al establecer cuatro sistemas tributarios14, dicultando al
ciudadano común el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias sin ayuda de expertos, aumentando los recur-
sos destinados a estas funciones en vez de utilizarlos en el
mismo proceso productivo e incrementando la inequidad,
ya que sólo aquellos contribuyentes con más recursos po-
drán costearlo.
La reforma tributaria aprobada en 2020, también imple-
mentada con nes recaudatorios, corrigió algunas de las
distorsiones generadas en la reforma del 2014, principal-
mente las asociadas a las PYMES. Sin embargo, esta re-
forma implicó la implementación de nuevos tributos y el
incremento de otros.
Producto de todas estas modicaciones, entre 1990 y
2020 las tasas de los distintos impuestos han presenta-
do tendencias disímiles: i) en las últimas tres décadas se
han implementado sucesivos incrementos de la tasa del
Impuesto de Primera Categoría, pasando desde el 10% en
1990 a una tasa máxima del 27% en 2018; ii) la tasa máxi-
ma del Impuesto Global Complementario se ha reducido
desde 50% en 1990 a 35% en 201815 para aumentarla nue-
vamente a 40% a partir del 2020; iii) la tasa del IVA se ha
mantenido relativamente estable en torno al 19%, aunque
con algunos años con tasas de 20% y otros con tasas de
18% (Gráco 1).
Los cuatro regímenes son:
i) Rentas atribuidas: con contabilidad completa y con imputación total de crédito de impuesto de Primera Categoría (PC) a los socios. La tasa del impuesto de PC
aumenta gradualmente de 20% en 2013 a 25% en 2018. Los dueños de las empresas pagan impuesto por el total de las rentas generadas por la empresa, así como
aquellas que se le atribuyan provenientes de terceras empresas, sin importar si fueron o no retiradas por sus dueños.
ii) Semi integrado: con contabilidad completa y con imputación parcial de créditos del impuesto de PC a los socios (65%). La tasa del impuesto de PC aumenta
gradualmente de 20% en 2013 a 27% en 2018. Los contribuyentes nales quedan gravados con los impuestos Global Complementario (GC) o Adicional según
corresponda, sobre la distribución que efectivamente realicen las empresas en las que participen.
iii) Simplicada: con contabilidad simplicada y los contribuyentes pagan el impuesto de PC y el GC o Adicional según corresponda, sobre la base de sus ingresos
anuales netos devengados (ingresos menos egresos). Mantienen tasa ja PPM en 0,25% de las ventas brutas mensuales, deducción inmediata como gastos de las
inversiones y los inventarios.
iv) Renta presunta: se presume una renta a la que se aplica un impuesto especialmente establecido a partir de ciertos hechos conocidos: el avalúo scal de los inmuebles
agrícolas y no agrícolas; el valor de tasación de los vehículos; y el valor anual de las ventas de productos mineros.
14
Al respecto hay que destacar que, con la aplicación de la Reforma Tributaria del 2014, más de 850.000 contribuyentes quedaron en el régimen tributario semi integrado, lo
cual implica una sobre tasa de impuestos de 9,45% a los ingresos provenientes del capital.
15
Tasas de los principales impuestos
entre 1990 y 2020 (porcentaje)
Gráco 1
Fuente: Elaboración propia en base a información del
Servicio de Impuestos Internos y de la prensa.
Sin perjuicio de la descripción anterior, un diagnóstico
adecuado del sistema impositivo requiere del análisis de
la carga tributaria, entendida como la recaudación neta de
impuestos como porcentaje del PIB, más que uno de las
tasas de un determinado impuesto. Esto, porque la infor-
mación contenida en la tasa es parcial, ya que no refleja a
cabalidad el impacto del impuesto en el contribuyente al no
considerar la base a la que se aplica, exenciones, evasio-
nes o elusiones del impuesto. La carga tributaria, en cam-
bio, refleja efectivamente el impacto del impuesto en los
ingresos del contribuyente.
Producto de todos los ajustes a nuestro sistema imposi-
tivo antes mencionados, actualmente la carga tributaria
depende principalmente de la recaudación proveniente del
IVA (47% de los ingresos tributarios en 2018) y del impues-
to a la renta que no proviene de la actividad del cobre (38%
en 2018) (Gráco 2).

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