Analisis y evolucion de la cartografia de zonas inundables en Espana, desde un marco juridico de referencia nacional a uno europeo. - Vol. 46 Núm. 139, Septiembre 2020 - EURE-Revista Latinoamericana de Estudios Urbanos Regionales - Libros y Revistas - VLEX 863495858

Analisis y evolucion de la cartografia de zonas inundables en Espana, desde un marco juridico de referencia nacional a uno europeo.

AutorLopez-Martinez, Francisco

En el territorio espanol, "las inundaciones constituyen el riesgo natural que a lo largo del tiempo ha producido los mayores danos tanto materiales como en perdida de vidas humanas" (Real Decreto 903/2010 (1)). De hecho, segun datos del Consorcio de Compensacion de Seguros (2) (2017), durante las tres ultimas decadas, (3) las inundaciones han sido responsables de 4.9 trillones de euros en perdidas economicas y 231 fallecidos. El desmesurado volumen de estas cifras, cuyos registros a lo largo de los ultimos anos no han hecho mas que aumentar (Consorcio de Compensacion de Seguros, 2017), ha dado lugar a una progresiva e ingente preocupacion por parte del Gobierno Nacional en lo que a la gestion preventiva de los riegos de inundacion, asi como sus danos derivados, se refiere. Por este motivo, el actual marco juridico nacional y autonomico esta conformado por un amplio entramado de normativas, bien sean de caracter sectorial (por ejemplo, agua, costas, medioambiente o industria) o especifico (usos del suelo y urbanismo), encaminadas a reducir la exposicion de las sociedades a los riesgos de inundacion.

Tradicionalmente, esta situacion ha sido contrarrestada a traves de ingentes y costosas medidas estructurales que han contemplado desde los sistemas de retencion (por ejemplo, presas, tanques de tormenta), pasando por los de drenaje (por ejemplo, alcantarillado, zanjas), hasta finalizar en los de proteccion (por ejemplo, diques, encauzamiento, aislamientos). Sin embargo, ademas de los efectos directa o indirectamente asociados a estas medidas, que posiblemente no habian sido cuantificados en su totalidad durante el proceso de redaccion de las mismas (por ejemplo, gastos asociados, impacto ambiental o costes de mantenimiento), diversos estudios han puesto de manifiesto que sus resultados, tal y como ya demostro la denominada "paradoja hidraulica" expuesta por White (1958) tras la aprobacion de la ambiciosa "Flood Control Act (1936)" en Estados Unidos, no siempre han sido los deseados. En efecto, la falsa sensacion de seguridad derivada de este tipo de medidas ingenieriles, lejos de alcanzar su cometido inicial, se ha materializado en un aumento directo de la exposicion al riesgo tras haberse invadido, transformado y ocupado las zonas inundables. Esta circunstancia, ampliamente desarrollada en la literatura cientifica, ha sido definida segun el autor consultado como "escalator effect" (Parker, 1995), "levee effect" (Lane, Landstrom, & Whatmore, 2011) o "paradoja del desarrollo seguro" (Burby, 2006).

Por consiguiente, demostrada la ineficiencia de las infraestructuras hidraulicas como medida paliativa ante los efectos--infortunadamente cada vez mas catastroficos--de las inundaciones, el siguiente paso consistio en integrar las dinamicas sociales como una parte indispensable de las politicas encargadas de la gestion de riegos. En esta nueva perspectiva de adaptacion ambiental, la ordenacion territorial emergio como una de las medidas preventivas no estructurales clave para condicionar y limitar la exposicion de las sociedades ante los riesgos de inundacion. Aunque las distintas normativas, competencias e instrumentos de ordenacion territorial dependen de la organizacion politico-administrativa interna de cada pais, diversas han sido los programas, reglamentaciones o planes publicados que se han encargado de imbricar los riesgos de inundacion como un criterio indispensable durante el proceso de redaccion de las politicas territoriales.

Desde un punto de vista juridico, hay que remontarse hasta 1995 para encontrar, dentro del Estado espanol, una de las primigenias y vanguardistas normativas encargadas de la gestion de los riegos de inundacion a traves de medidas no estructurales: la Directriz Basica de Planificacion de Proteccion Civil ante el Riesgo de Inundaciones (en adelante Directriz Basica). Aunque con caracter legislativo propio, la Directriz Basica surgio como respuesta al anterior Real Decreto 407/1992, (4) reglamento relacionado con los servicios de proteccion civil y que establecia la obligatoriedad de elaborar una serie de "Planes Especiales" relacionados con diversos riegos, tanto de origen natural (por ejemplo, vulcanismo, seismos o incendios forestales) como inducido (por ejemplo, emergencias nucleares, conflictos belicos o transporte de cargas peligrosas). No obstante, e independientemente de su origen, la Directriz Basica...

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