Análisis específico de algunas materias de iniciativa exclusiva presidencial - Núm. 64, Octubre 2021 - Serie Informe Legislativo - Libros y Revistas - VLEX 877872557

Análisis específico de algunas materias de iniciativa exclusiva presidencial

AutorPilar Hazbun Z.
CargoAbogada Pontificia Universidad Católica de Chile. Desde abril de 2018 se desempeña como Coordinadora del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo.
Páginas16-20
16
SERIE INFORME LEGISLATIVO 64 / OCTUBRE 2021
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5. ANÁLISIS ESPECÍFICO DE ALGUNAS MATERIAS
DE INICIATIVA EXCLUSIVA PRESIDENCIAL
A) Sentido de la iniciativa exclusiva en las
materias que dicen relación con la administra-
ción nanciera y presupuestaria del Estado
Sin duda, una de las materias de iniciativa exclusiva pre-
sidencial que más desarrollo tiene a nivel doctrinario y
jurisprudencial son aquellas que dicen relación con la
administración nanciera o presupuestaria del Estado.
Asimismo, y como se verá más adelante, también es de
aquellos asuntos donde menos controversia existe res-
pecto a la conveniencia de reservar su iniciativa de for-
ma exclusiva al Ejecutivo. Ahora bien, ¿cuál es el sentido
y alcance de las materias que dicen relación con la admi-
nistración nanciera y presupuestaria del Estado?
Al respecto, el Tribunal Constitucional, en sentencia
del año 2020 , que recae sobre requerimiento por in-
constitucionalidad ingresado por el Ejecutivo respecto
a glosas presupuestarias de la Ley de Presupuestos del
Sector Público del año 2021, sostiene: “Que, más espe-
cícamente, tratándose de aquellas materias “que ten-
gan relación” con la “administración nanciera o presu-
puestaria del Estado”, como ya anticipamos al recordar
el Decreto con Fuerza de Ley N°7.912 de 1927, reere a
cuanto tenga conexión o correspondencia con la legisla-
ción haciendística, vale decir, con aquella perteneciente
o relativa a la hacienda pública, en su sentido natural y
obvio, (…)” (c.16°). Dicho alcance también puede verse
reejado en la Ley Orgánica sobre Administración Fi-
nanciera del Estado, citando su artículo 1º que expre-
sa: “El sistema de administración nanciera del Estado
comprende el conjunto de procesos administrativos que
permiten la obtención de recursos y su aplicación a la
concreción de los logros de los objetivos del Estado. La
administración nanciera incluye, fundamentalmente,
los procesos presupuestarios, de contabilidad y de admi-
nistración de fondos” (c.17°).
Considerando los fundamentos expuestos en el capí-
tulo anterior, la razón de ser de esta materia es que al
Presidente de la República se le encarga el gobierno y la
administración del Estado. En efecto, “(…) como con-
secuencia de que al Presidente se le encarga el gobierno
y la administración del Estado (artículo 24, Constitu-

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