Análisis específico de algunas materias de iniciativa exclusiva presidencial
Autor | Pilar Hazbun Z. |
Cargo | Abogada Pontificia Universidad Católica de Chile. Desde abril de 2018 se desempeña como Coordinadora del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo. |
Páginas | 16-20 |
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SERIE INFORME LEGISLATIVO 64 / OCTUBRE 2021
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5. ANÁLISIS ESPECÍFICO DE ALGUNAS MATERIAS
DE INICIATIVA EXCLUSIVA PRESIDENCIAL
A) Sentido de la iniciativa exclusiva en las
materias que dicen relación con la administra-
ción nanciera y presupuestaria del Estado
Sin duda, una de las materias de iniciativa exclusiva pre-
sidencial que más desarrollo tiene a nivel doctrinario y
jurisprudencial son aquellas que dicen relación con la
administración nanciera o presupuestaria del Estado.
Asimismo, y como se verá más adelante, también es de
aquellos asuntos donde menos controversia existe res-
pecto a la conveniencia de reservar su iniciativa de for-
ma exclusiva al Ejecutivo. Ahora bien, ¿cuál es el sentido
y alcance de las materias que dicen relación con la admi-
nistración nanciera y presupuestaria del Estado?
Al respecto, el Tribunal Constitucional, en sentencia
del año 2020 , que recae sobre requerimiento por in-
constitucionalidad ingresado por el Ejecutivo respecto
a glosas presupuestarias de la Ley de Presupuestos del
Sector Público del año 2021, sostiene: “Que, más espe-
cícamente, tratándose de aquellas materias “que ten-
gan relación” con la “administración nanciera o presu-
puestaria del Estado”, como ya anticipamos al recordar
el Decreto con Fuerza de Ley N°7.912 de 1927, reere a
cuanto tenga conexión o correspondencia con la legisla-
ción haciendística, vale decir, con aquella perteneciente
o relativa a la hacienda pública, en su sentido natural y
obvio, (…)” (c.16°). Dicho alcance también puede verse
reejado en la Ley Orgánica sobre Administración Fi-
nanciera del Estado, citando su artículo 1º que expre-
sa: “El sistema de administración nanciera del Estado
comprende el conjunto de procesos administrativos que
permiten la obtención de recursos y su aplicación a la
concreción de los logros de los objetivos del Estado. La
administración nanciera incluye, fundamentalmente,
los procesos presupuestarios, de contabilidad y de admi-
nistración de fondos” (c.17°).
Considerando los fundamentos expuestos en el capí-
tulo anterior, la razón de ser de esta materia es que al
Presidente de la República se le encarga el gobierno y la
administración del Estado. En efecto, “(…) como con-
secuencia de que al Presidente se le encarga el gobierno
y la administración del Estado (artículo 24, Constitu-
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