Análisis comparado y crítico de las alternativas a las penas privativas de libertad. La experiencia española, inglesa y alemana - Núm. 24, Diciembre 2017 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 738183565

Análisis comparado y crítico de las alternativas a las penas privativas de libertad. La experiencia española, inglesa y alemana

AutorSalinero, Sebastián; Morales, Ana María; Castro, Álvaro
Páginas786-864
SALINERO, Sebastián; MORALES, Ana María; CASTRO, Álvaro Análisis comparado y
crítico de las alternativas a las penas privativas de libertad. La experiencia
española, inglesa y alemana”.
Polít. crim. Vol. 12, Nº 24 (Diciembre 2017), Art. 5, pp. 786-864.
[http://www.politicacriminal.cl/Vol_12/n_24/Vol12N24A5.pdf]
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Análisis comparado y crítico de las alternativas a las penas privativas de libertad. La
experiencia española, inglesa y alemana.
Comparative and critical analysis of alternative sanctions to prison. The Spanish,
English and German experiences.
Sebastián Salinero Echeverría
Abogado, Magíster en Derecho Penal de la Universidad de Talca. Doctor en Derecho de la
Universidad de Lérida, España. Profesor de Derecho Penal y Criminología de la facultad de
Derecho de la Universidad de Talca.
ssalinero@utalca.cl
Ana María Morales Peillard
Abogada, Magíster en Política Criminal, London School of Economics and Political
Science. Doctora © en Criminología de la Universidad de Leicester, Inglaterra.
Directora del área Justicia y Reinserción de la Fundación Paz Ciudadana.
Profesora de Criminología y política criminal de la facultad de Derecho de la Universidad
Alberto Hurtado.
amorales@pazciudadana.cl
Álvaro Castro Morales
Abogado, Magíster en Derecho Penal y Procesal Penal (LLM), Universidad Diego Portales.
Doctor en Derecho de la Universidad Ernst-Mortitz-Arndt de Greifswald, Alemania.
Profesor investigador del Centro de Estudios de la Justicia de la Facultad de Derecho de la
Universidad de Chile.
acastro@derecho.uchile.cl
Resumen
El trabajo se avoca al estudio comparado de las sanciones alternativas a la prisión en
España, Inglaterra y Alemania. Para esos efectos, se efectúa una exposición acerca de su
evolución histórica, en la cual se abordan los principales hitos político-criminales y legales
que inspiraron las modificaciones, para luego informar acerca de su regulación actual.
Particularmente se ocupa de instituciones tales como la suspensión de la sentencia o de la
ejecución de la pena, los sustitutivos penales y las denominadas sentencias en la
comunidad, analizando en cada legislación los instrumentos legales elegidos para la
incorporación de las alternativas. Junto con lo anterior, se aborda la naturaleza jurídica que
le asigna en la doctrina y/o la jurisprudencia, y se comparten las principales estadísticas
El texto es parte del proyecto Fondecyt Nº 1160970, cuyo investigador responsable es e l Dr. Sebastián
Salinero Echeverría, y cuyos co-investigadores so n Ana María Morales Peillard y Jorge Fábrega Lacoa,
titulado “Evaluación de la penas sustitutivas y el camino hacia una política crimi nal moderna de alternativas a
la cárcel”.
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crítico de las alternativas a las penas privativas de libertad. La experiencia
española, inglesa y alemana”.
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acerca de su funcionamiento en relación al tipo de alternativas utilizadas, sus efectos en las
tasas de encarcelamiento y de reincidencia. Asimismo, se incluye un capítulo de discusión,
que busca reflexionar acerca de las virtudes y problemáticas acerca de las alternativas en las
legislaciones analizadas, argumentando que el uso de las sanciones alternativas como
verdaderas alternativas al encarcelamiento, no sólo depende de su regulación normativa
adecuada, que aborde las justificaciones que las inspiran, cómo confluyen las distintas
alternativas y el lugar que ocupan en el marco sancionatorio; sino que también dependen de
la cultura jurídica en la cual se asientan y el que sean percibidas por los sentenciadores y la
comunidad general como sanciones “creíbles”, dotadas de un contenido punitivo adecuado,
que les permitan disputar de manera legítima el lugar a la cárcel en marco de las
consecuencias jurídicas.
Palabras clave: Alternativas a la prisión, penas no privativas de la libertad, sentencias
comunitarias, análisis comparado.
Abstract
This work is based on a comparative study of alternative sanctions to prison in Spain,
England and Germany. For these purposes, an exposition is made about their historical
evolution which addresses the main criminal justice policy and legal milestones that have
inspired reforms, to then inform about their current regulation. Particularly it deals with
institutions such as suspension (of the sentence or of the execution of the sanction), penal
substitutes and the so-called community sentences, by analyzing in each legislation the
legal instruments chosen for the incorporation of these alternatives. Along with the above,
it addresses the legal nature assigned to them in doctrine and/or jurisprudence and shares
the main statistics about their functioning in relation to the type of alternatives used, their
effects on imprisonment rates and recidivism. It also includes a discussion section, which
seeks to reflect on the virtues and flaws of alternatives in the analyzed legislations, arguing
that the use of alternative sanctions as real alternatives to imprisonment depends not only
on a proper regulation that addresses the justifications that inspire them, how the different
alternatives converge and their place in the sanctioning framework; but they also depend on
the legal culture in which they are based and that are perceived by the sentencers and the
community as “credible” sanctions, endowed with an adequate punitive content, which
allow them to legitimately dispute prison´s place within the framework of legal
consequences.
Key words: Alternatives to prison, non-custodial sanctions, community sentences,
comparative study.
Polít. crim. Vol. 12, Nº 24 (Diciembre 2017), Art. 5, pp. 786-864.
[http://www.politicacriminal.cl/Vol_12/n_24/Vol12N24A5.pdf]
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Introducción
La mayoría de las legislaciones europeas continentales o del common law como las que
serán objeto de estudio, consideran en su legislación la regulación de “penas alternativas”,
que cuentan con diferentes raíces históricas1.
El término “penas alternativas”, puede ser utilizado para concebir cualquier sanción que no
implique la privación de la libertad. Si bien algunos autores utilizan el término genérico de
alternativas a la prisión2, el concepto es bastante amplio, en la medida que no sólo cubre
el espectro sancionatorio, si no que considera otras alternativas a la cárcel que puedan
imponerse durante el proceso penal, como la prisión preventiva o algunos mecanismos de
diversión.
Otros autores prefieren el término “penas no privativas de libertad3, concepto que supera
la crítica señalada anteriormente, aunque padece el mismo problema que el concepto de
“penas alternativas” a la cárcel, ya que ambas denominaciones asumen que estas sanciones
subrogan u operan como sustitutos de castigos reales4, y por lo tanto son concebidos como
dependientes o incluso parásitos de otra sanción, en este caso, de una pena de cárcel.
Teniendo en cuenta la citada prevención, algunos autores prefieren otros términos como el
de “penas o sanciones comunitarias5utilizadas también por algunas legislaciones como la
inglesa, expresión que pone énfasis en el contexto en el cual se despliegan las sanciones, y
que, como señalan Morris y Tonry, son denominaciones totalmente “aceptables”, no
obstante tienden a ocultar que muchas sentencias basadas en la comunidad limitan
coercitivamente aspectos importantes de la autonomía e imponen restricciones
considerables a la libertad de movimiento del infractor, aproximándose al cumplimiento de
una pena de cárcel6.
Como puede observarse, es difícil encontrar una nomenclatura pacífica para estas
sanciones. Sin embargo, el presente trabajo utiliza en términos generales los conceptos de
“penas o sanciones alternativas” o “penas o sanciones no privativas de la libertad”, aun
considerando las falencias citadas, teniendo en cuenta que constituye el término más
1 VAN ZYL SMIT, Dirk; SNACKEN, Sonja; HAYES, David . “One cannot legislate kindness: Ambiguities in
European legal instruments on non-custodial sanctions”, Punishment & Society Vol. 17, N° 1 (2015), pp. 3
26, p. 3.
2 BOTTOMS, Anthony; REX, Susan; ROBINSON, Gwen. Alternatives to prison: Options for an insecure
society. Cullompton: Willan, 2004, p.1.
3 CID MOLINÉ, José. “Penas no privativas de liber tad en la Ley Orgánica 15/2003 (especial mención a:
trabajo en beneficio de la comunidad y prohibició n de acercamiento)”. Revista d e derecho y proceso penal
12 (2004), pp. 215-234, p. 215.
4 MORRIS, Norval; TONRY, Michael. Between Prison and Probation. Intermediate Punishments in a
rational Sentencing System, Nueva York: Oxford University Press, 1990.
5 RAYNOR, Peter. “Community penalties, probation, and offender management”, E n: MAGUIRE, Mike;
MORGAN, Rod; REINER, Robert (Eds.), The Oxford handbook of Criminology, 5a ed., Oxford: Oxford
University Press, 2012, p. 928; BOTTOMS, Anthony; GELSTHORPE, Lorraine; REX, Susan, Community
penalties. Change and Challenges. Oxon: Willan, 2001, p.1; REX. Susan. Reforming Community Penalties,
Cullompton: Willan, 2005, p. 1.
6 MORRIS/TONRY. Between Prison and Probation. cit. nota n° 4, p. 4.

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