Decisión nº C3655-16, de Consejo de Transparencia de 22 de Noviembre de 2016
Fecha de Resolución | 22 de Noviembre de 2016 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Grupos de interés especial |
DECISIÓN AMPARO ROL C3655-16
Entidad pública: Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT).
Requirente: Alonso Luco Rivera.
Ingreso Consejo: 26.10.2016.
En sesión ordinaria N° 757 de su Consejo Directivo, celebrada el 22 de noviembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C3655-16.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, con fecha 01 de octubre de 2016, don Ignacio Luco realizó una presentación ante la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, a través de la cual solicitó información relativa al contrato existente entre CONICYT y el proveedor en licitación ID 1571-48-LE13, en particular:
a) Contrato entre CONICYT y el proveedor, así como la Resolución Exenta Nro. 2982, de 06 de septiembre de 2013, por el Servicio de Suministro Marcaje de Revistas Scielo-Chile;
b) Análisis interno del desempeño del proveedor;
c) Títulos de Revistas y fascículos procesados;
d) Archivos procesados recibidos, plazos de trabajo e informes asociados hechos por la coordinación de Scielo; y,
e) Montos totales adjudicados por el proveedor David Enrique Inostroza y proyectos o fondos adjudicados a la fecha.
2) Que, con fecha 24 de octubre de 2016, la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica accedió a lo solicitado en los literales a), b) y e), precedentemente transcritos. Respecto, a lo requerido en los puntos c) y d), expuso que corresponde al programa responder a...
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