Alimentos. Demanda ejecutiva cobro. Mandamiento de ejecución y embargo
Autor | Aníbal Cornejo Manríquez |
Cargo del Autor | Abogado. Universidad de Chile |
Actualizado a | Enero 2022 |
Page 78
EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Señala bienes para la traba y depositario; SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos; TERCER OTROSÍ: Solicitud que indica; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y poder.
S.J.L. de Familia de...
..........................., nacionalidad ........, profesión u oficio ............, cédula nacional de identidad ........., domicilio ............., a US. respetuosamente digo:
Que vengo en interponer demanda ejecutiva de cobro de pensión de alimentos en contra de mi cónyuge .........................................., nacionalidad ............., profesión u oficio ................., cédula nacional de identidad .............., domicilio ...................., por la suma de $..................... al tenor de las siguientes consideraciones de hecho y derecho que paso a exponer:
Page 79
LOS HECHOS:
Que en causa ................................, seguida ante................................, se condenó al de mandado a pagar alimentos en favor de............................................................., por la suma de..................debiendo ser depositado dicho monto en la cuenta ............................................. del Banco .....................................
Consta en autos, RIT: ..............................., que el demandado adeuda a la fecha la cantidad de ................................................................, según liquidación efectuada............................., encontrándose firme la resolución que notifica la liquidación.
Cabe señalar que se han decretado órdenes de arresto y arraigo en contra del demandado, sin perjuicio de ello éste no ha cumplido con su obligación, hasta la fecha sigue sin pagar, es por ello que me veo en la obligación de iniciar acciones ejecutivas en contra de ................................................ dado que las necesidades alimenticias no pueden esperar más, por lo que me veo en la necesidad de recurrir a S.S, para que regule esta situación.
Al efecto me consta que el demandado se encuentra en buena situación económica y posee bienes a su nombre, como se pretende demostrar en esta instancia S.S.
Asimismo S.S. se trata de una deuda líquida, actualmente exigible y que además no se encuentra prescrita. A tu turno, sobradamente S.S. conoce que esta obligación, consta de un título ejecutivo por el solo ministerio de la ley, cual es la deuda alimenticia.
EL DERECHO:
Artículo 11 de la ley Nº14.908.
Artículo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba