Ley núm. 16124, publicada el 23 de Enero de 1965. SEÑALA NUEVAS NORMAS PARA LA VENTA DE LAS VIVIENDAS QUE SEÑALA DE LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497271142

Ley núm. 16124, publicada el 23 de Enero de 1965. SEÑALA NUEVAS NORMAS PARA LA VENTA DE LAS VIVIENDAS QUE SEÑALA DE LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyLey

APRUEBA NUEVAS NORMAS PARA LA VENTA DE LAS VIVIENDAS QUE SEÑALA DE LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo único.- Las viviendas de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, que correspondan al primer o segundo proceso de venta del DFL. N° 39, de 1959, y que aún no se hubieren escriturado, serán vendidas a los imponentes que hubieren aceptado la oferta de dicha institución de previsión, en el precio de tasación reajustable que tuvieron al 11 de Diciembre de 1963. El valor de las unidades reajustables será el que tengan en el momento de firmarse el contrato. Los saldos de precio que correspondan, serán reajustables a partir de la fecha indicada, en conformidad a las normas generales aplicables a las demás operaciones realizadas de acuerdo al DFL. N° 39.

Las rentas de arrendamiento que hubieren pagado los adquirentes de las viviendas, con posterioridad a la fecha señalada en el inciso anterior, se imputarán a dividendos en la forma que determine el Reglamento. Tendrán derecho a este beneficio los imponentes que se encuentren al día en el pago de dichas rentas a la...

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