Decreto 718 - SEÑALA COMO ZONA AFECTADA POR CATÁSTROFE AL SECTOR GEOGRÁFICO QUE PRECISA, DE LA PROVINCIA DE COPIAPÓ, DE LA REGIÓN DE ATACAMA, Y DISPONE MEDIDAS QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 235306398

Decreto 718 - SEÑALA COMO ZONA AFECTADA POR CATÁSTROFE AL SECTOR GEOGRÁFICO QUE PRECISA, DE LA PROVINCIA DE COPIAPÓ, DE LA REGIÓN DE ATACAMA, Y DISPONE MEDIDAS QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

SEÑALA COMO ZONA AFECTADA POR CATÁSTROFE AL SECTOR GEOGRÁFICO QUE PRECISA, DE LA PROVINCIA DE COPIAPÓ, DE LA REGIÓN DE ATACAMA, Y DISPONE MEDIDAS QUE INDICA

Santiago, 24 de agosto de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 718.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32, Nº 6, de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto supremo Nº 104, de 29 de enero de 1977, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I, de la ley Nº 16.282, sobre "Disposiciones Permanentes para Casos de Sismos y Catástrofes"; en la ley Nº 20.407, de Presupuestos del Sector Público para el año 2010, y en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, como es de conocimiento público, el jueves 5 de agosto del año en curso, se produjo un grave derrumbe en el yacimiento minero denominado "San José", situación que se tradujo en que 33 trabajadores que se encontraban laborando en dicha faena resultaran atrapados bajo más de 700 metros de tierra e imposibilitados de acceder a la superficie;

  2. Que el derrumbe ocurrido constituyó una catástrofe de magnitud, en que resultaron damnificados no sólo los trabajadores atrapados y sus familiares, sino que produjo una honda conmoción en la comunidad local, nacional e internacional, ante la expectación surgida por la suerte corrida por los aludidos mineros, para cuyo efecto y en espera de noticias e información de las autoridades gubernamentales, se emplazó en un sector aledaño a dicho yacimiento, un campamento al que denominaron "La Esperanza";

  3. Que frente a una emergencia como la ocurrida es deber del Estado acudir y prestar su urgente atención a las personas damnificadas con la finalidad de brindarles una oportuna ayuda material y humana como, asimismo, desarrollar todas las acciones que resultaren pertinentes y necesarias para superar la emergencia de que se trata;

  4. Que la aludida catástrofe no solo motivó a diversos sectores de la sociedad nacional y a la comunidad internacional para prestar espontáneamente su ayuda solidaria, sino que, a su vez, generó la participación directa de todas las autoridades del Gobierno, especialmente de S.E. el Presidente de la República, quienes desplegaron un amplio operativo que, en una primera fase, tuvo por finalidad constatar la supervivencia de los trabajadores atrapados y, en una segunda, lograr su más pronto rescate;

  5. Que acreditada la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR