Decisión nº C1311-13, de Consejo de Transparencia de 22 de Noviembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 556368926

Decisión nº C1311-13, de Consejo de Transparencia de 22 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaTrabajo, Grupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C1311-13

Entidad pública: Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente

Requirente: Aída Soto Silva

Ingreso Consejo: 14.08.2013

En sesión ordinaria Nº 482 del Consejo Directivo, celebrada el 22 de noviembre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1311-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; el Código del Trabajo, la Ley N° 19.628 y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 2 de julio de 2013, Aída Soto Silva, señalando actuar en representación de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), solicitó a la Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente copia del "acta de elección de doña Daniela Saldías Saldías, Cédula de identidad Nº (...), como delegada sindical del Sindicato Interempresas de Trabajadores Contratistas y Subcontratistas SINTRAC N° 4".

2) RESPUESTA: El 24 de julio de 2013, la Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente respondió a dicho requerimiento de información mediante correo electrónico, señalando, en síntesis, que:

a) Remitió copia del acta de elección de la delegada sindical Sra. Daniela Saldías y copia del depósito en la Inspección del Trabajo.

b) "Respecto de copia de nómina de los participantes en la elección, reitero también que no es posible entregarla, lo que se sustenta en instrucciones internas de nuestro Servicio, avalada por la jurisprudencia que existe sobre esta materia".

3) AMPARO: El 14 de agosto de 2013, doña Aída Soto Silva dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente, fundado en que dicho órgano se negó a entregar el acta de la elección solicitada. Además, la reclamante hizo presente, en síntesis, que:

a) La Sra. Daniela Saldías fue desvinculada de la ACHS el 7 de junio de 2013 por la causal del inciso 1º del artículo 161 del Código del Trabajo. Por disposición de la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia, la ACHS habría sido compelida a reintegrarla por haber sido elegido delegada sindical, de modo que estaría amparada por fuero sindical. Presentó la solicitud de información, puesto que la ACHS tiene la legítima duda de que el fuero que se estaría tratando de imponer haya sido obtenido indebidamente.

b) El 24 de julio de 2013 recibió un correo electrónico de la Dirección del Trabajo Metropolitana Oriente, en virtud del cual se le entregó copia del acta de elección, pero fue denegada la copia de la nómina de participantes en la elección. La negativa se funda en "instrucciones internas del servicio" y la jurisprudencia existente en la materia.

4) SUBSANACIÓN DEL AMPARO: Este Consejo, mediante Oficio N° 3.571, de 21 de agosto de 2013, hizo presente a la Sra. Soto Silva, que de los antecedentes adjuntos a su amparo, lo requerido es el acta de elección de delegada sindical de doña Daniela Saldías Saldías, documento que fue entregado por el órgano reclamado, acta que además fue acompañada a su amparo, por lo que la solicitud de información de 2 de julio del presente, en principio, habría sido respondida satisfactoriamente. Sin embargo, del correo electrónico de 24 de julio acompañado a su reclamación, se desprende que habría solicitado una copia de la nómina de participantes en la elección de la delegada sindical ya individualizada. En razón de lo anterior, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 46, inciso segundo, del Reglamento de la Ley de Transparencia, se solicitó subsanar su amparo, a objeto que acompañase copia íntegra de la solicitud de información en la que habría requerido copia de la nómina de las personas que concurrieron a la elección de la delegada sindical, adjuntando el comprobante que acredite la fecha y medio de presentación ante el órgano reclamado.

5) RESPUESTA A LA SUBSANACIÓN: A través de carta de 30 de agosto de 2013, doña Aída Soto Silva señaló, en síntesis, lo siguiente:

a) Adjuntó copia de la solicitud, por la cual requirió el acta de elección de doña Daniela Saldías Saldías, como Delegada Sindical del Sindicato de Trabajadores Contratistas y Subcontratistas SINTRAC 4., "acto que, obviamente, incluye la nómina de los electores". Agregó que "La respuesta de 24 de julio de 2013 no se habría pronunciado de la forma en que lo hizo si el acta no incluyera la nómina de electores".

b) Acompañó copia de la escritura en que consta su personería para representar a la Asociación Chilena de Seguridad.

6) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo trasladó este amparo a la Sra. Directora Regional del Trabajo de la Dirección Regional Metropolitana Oriente, mediante oficio N° 3.795, de 5 de septiembre de 2013. Por dicho oficio se solicitó especialmente que al formular sus descargos: (1°) acompañase copia íntegra de la solicitud de información en virtud de la cual la reclamante habría requerido copia de la nómina de las personas que concurrieron a la elección de doña Daniela Saldías, como delegada sindical del Sindicato SINTRAC 4, adjuntando el comprobante que acredite la fecha y medio de presentación; (2°) aclarase si de acuerdo a la normativa y sus instrucciones internas, la...

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