Agotamiento del derecho de propiedad industrial y retención de medicamentos en tránsito por parte de autoridades europeas - Núm. 2-2013, Julio 2013 - Revista de Derecho. Transparencia y acceso a la información - Libros y Revistas - VLEX 649016345

Agotamiento del derecho de propiedad industrial y retención de medicamentos en tránsito por parte de autoridades europeas

AutorAndrés Grünewaldt Cabrera
CargoAbogado Universidad de Chile. Asociado estudio Silva & Cía. LLM Duke University, Estados Unidos (Becario Becas Chile); Magíster en Derecho Financiero y Tributario, Universidad de Valencia, España (Becario Becas MAE AECI)
Páginas9-30
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Revista de De recho Universidad Fi nis Terrae | Segun da época año I, Nº2-2013
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Resumen: El presente trabajo tiene por objeto anali zar el agotam iento del
derecho de propiedad indu strial y las med idas de frontera, con especia l énfasis en
las patentes de invención vi nculadas a medica mentos. Ello, teniendo como marco
las suspensiones de despacho temporal de produc tos farmacéuticos en tránsito
realiza das entre los años 2008 a 2010 por la Unión Europea, la posible vulnera ción
de la normativa inter nacional que regula la mater ia y la disputa de India y Brasil
contra la Unión Europea que ac tualmente se desarrolla e n el sistema de solución
de controversias de la Or ganización Mundia l de Comercio.
Palabras clave: Medidas de frontera. Agotamiento del derecho. Importaciones
paralelas. G ATT. ADPIC. Declaración de Doha. Su spensión condicional del
despacho. Mercaderías en tránsito. Aduanas.
Abstract: The present paper a ims to tackle t he exhaust ion of the industrial
property right and the border measures procedures, focusi ng on the
pharmaceutica l patents. The latter, in light of the suspensions of pharmaceut ical
products in tra nsit that that took place in Eu rope from 2008 unti l the end of
2010, the potential violation of internationa l treaties and the inter national
dispute of India and Bra zil against the Eu ropean Union in the Dispute Set tlement
Understandi ng system of the World Trade Organizat ion.
Key words: Border measures. Ex haustion right. First sale doctrine. Paral lel
imports. GAT T. TRIPS. Doha Declaration. Seizu re. Products in trans it. Customs.
1 Ab ogado Universid ad de Chile. As ociado estu dio Silva & Cía. L LM Duke Uni versity,
Estados Unidos (Bec ario Becas Ch ile); Magíster en Derecho Financ iero y Tributar io,
Universidad d e Valenc ia, España (Becario Becas M AE AECI); Magíster © en Derecho con
mención en Derecho Económico, Uni versidad de Chile (Beca jóvenes profesore s). Profesor
de Postítulo en l as Universidad es Finis Terrae y Adolfo Ibáñe z. Mail: agr unewaldt@silva.cl
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Andrés Grü newald Cabrera | Agotam iento del derecho de propiedad i ndustrial y rete nción de
medicamentos en tránsito
I. I
La economía mundial moderna descansa sobre el comercio internacional
de bienes y servicios, activ idad que hoy prácticamente no conoce barreras
ni fronteras para su desa rrollo.
Si bien el actual sistema t iene su origen en los acuerdos de Bretton Woods de
19472, son los tratados multi laterales aprobados a partir de la Organi zación
Mundial de Comercio (en adelante indisti ntamente OMC), establecida en el
año 1995 en el marco de las negociaciones de la Ronda de Uruguay, en donde
se expresa de manera más gráf‌ica y patente la normativa que actua lmente
rige el comercio internacional. Este tratado marco ha sido complementado
por la existencia de acuerdos bilaterales y multilaterales de libre comercio,
los cuales, liderados pri ncipalmente por los Estados Unidos de Norteamérica
y la Unión Europea, recogen muchos principios y normas de la OMC.
Por su parte, la propiedad intelectua l ha ido en sintonía con esta corriente,
siendo justamente el anexo 1C del Convenio por el cual se esta bleció la OMC,
denominado Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad
Intelectual relacionados con el Comercio (en adelante indistinta mente
ADPIC), el principal instrumento internacional donde se establecen los
estándares mí nimos de protección en esta materia3.
En materia de propiedad industrial, si bien los ADPIC consagran un
monopolio temporal para el titular de una patente de invención, al
mismo tiempo establecen ciertos límites, por lo que, respetando una
patente de invención sobre un principio activo debidamente regist rado en
determinados países, la propiedad industria l no debiera ser un obstáculo
para el comercio internacional, por ejemplo, entre países en donde ese
producto farmacéutico no fue protegido por una patente, ya sea porque el
innovador no presentó la solicitud dentro del plaz o de prioridad consagrado
2 Por medio de este acue rdo se establecieron las ba ses que actua lmente rigen las economía s
modernas, c reándose inst ituciones ta n relevantes como el Banco Mu ndial, el Fond o
Monetario Inter nacional, y e l Acuerdo Genera l sobre Aranceles A duaneros y Comerc io
(conocido como GATT), el cual f uera de reducir las ta rifas arancela rias, estableció cier tos
principios encam inados a limita r las prácticas r estrictivas en e l comercio internaciona l.
3 Si bien los ADPIC son el pr incipal convenio i nternaciona l sobre propiedad inte lectua l
vigente, resulta i mportante hacer prese nte que este acuerdo recoge much as de las normas
de los tratados in ternaciona les marco, esto es, el Convenio d e París sobre Propied ad
Industr ial de 1883 y el Convenio de Bern a para la Protección d e las Obras Lite rarias y
Artíst icas de 1886.

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