Resolución núm. 31 AFECTA, publicada el 09 de Marzo de 2012. MODIFICA, EN LA FORMA QUE INDICA, EL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 6 DEL REGLAMENTO REGIONAL FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO, APROBADO POR RESOLUCIÓN N°270 AFECTA, DE 2011 - GOBIERNO REGIONAL V REGIÓN DE VALPARAÍSO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469275334

Resolución núm. 31 AFECTA, publicada el 09 de Marzo de 2012. MODIFICA, EN LA FORMA QUE INDICA, EL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 6 DEL REGLAMENTO REGIONAL FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO, APROBADO POR RESOLUCIÓN N°270 AFECTA, DE 2011

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL V REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rango de LeyResolución

MODIFICA, EN LA FORMA QUE INDICA, EL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 6 DEL REGLAMENTO REGIONAL FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO, APROBADO POR RESOLUCIÓN N°270 AFECTA, DE 2011

Núm. 31/1/2/1 afecta.- Valparaíso, 11 de enero de 2012.- Vistos:

  1. Lo dispuesto los artículos 111 de la Constitución Política de Chile; 13, 14, 23, 24 letra g); 28; 36 letra b) y 16 letras b) y d); de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional respecto de las funciones y atribuciones del Intendente Regional, del Consejo Regional y del Gobierno Regional, respectivamente;

  2. Lo señalado en el Nº 2.1 de la Glosa 02 común a todos los Programas de Inversión de los Gobiernos Regionales, contenida en la Ley Nº 20.481 de Presupuestos del Sector Público año 2011 que autorizó a los gobiernos regionales a destinar hasta un 2% del total de sus recursos del Programa de Inversión, a la subvención de actividades de seguridad ciudadana que efectuaran la intendencia, las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro e instruyó para que la asignación de los recursos a actividades específicas se efectuara de manera transparente y competitiva, para lo cual los gobiernos regionales debían dictar los reglamentos que establezcan entre otras normas, los plazos de postulación y criterios para la evaluación de los proyectos, debiendo considerar, en dichos reglamentos, las orientaciones que al efecto impartiera la Subsecretaría del Interior.

  3. Lo señalado en el Nº 2.1 de la Glosa 02 común a todos los Programas de Inversión de los Gobiernos Regionales, contenida en la Ley Nº 20.557 de Presupuestos del Sector Público año 2012 en cuanto reitera textualmente lo indicado en el visto precedente, salvo por la actual referencia al Subsecretario de Prevención del Delito.

  4. Lo dispuesto en la letra d) del artículo 16 de la ley Nº 19.175 citada y el artículo 48 de la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado, en lo relativo a la exigencia de publicar las normas de carácter general dictadas por los gobiernos regionales en materias de su competencia.

  5. Lo dispuesto en la letra d) del artículo 16 de la ley Nº 19.175 citada y el artículo 1 de la resolución afecta Nº 1.600 de 2008, de Contraloría General de la República en virtud de los cuales se exige la toma de razón a la presente resolución.

  6. El acuerdo Nº 7054/08/11 adoptado en su 567ª...

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