Adjudicación. Partición de bienes. Título declarativo de dominio - Bienes - Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo I - Jurisprudencias Esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 253340178

Adjudicación. Partición de bienes. Título declarativo de dominio

AutorRaúl Tavolari Oliveros
Cargo del AutorDirector
Páginas275-278

Page 275

  1. de Talca 11 de diciembre de 1933.

Apelada esta sentencia,

Don Francisco Cuevas C., por don Pedro Fernández y don Oscar Vergara, alegó en esta instancia, a favor de don Oscar Vergara, como representante le-

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gal de su mujer doña Raquel Moreno, la prescripción adquisitiva ordinaria de diez años, del predio Santa Lucía, a que se refieren estos autos, fundándose en las prescripciones contenidas en los artículos 717, 2500, 2507 y 2508 del Código Civil, y en que dicho predio se inscribió el 7 de noviembre de 1932, a nombre de los herederos de don Pedro Nolasco Moreno, entre los cuales se encuentra la nombrada doña Raquel Moreno.

Don Andrés 2° Morales, por doña Berta Fuentes, pidió que se desechara la prescripción alegada, por cuanto la posesión que alega el incidentista la habría adquirido de don Francisco Moreno Q., persona que no tiene, ni ha tenido jamás derecho alguno sobre era propiedad, porque a virtud de la adjudicación que se le hizo a la cónyuge doña Berta Fuentes, se reputa que ésta lo ha poseído durante el tiempo que duró la indivisión y que el otro copropietario no ha tenido jamás derecho alguno sobre ella (artículo 718 del Código Civil). Agrega que esto mismo hace que la posesión que invoca el señor Vergara, no proceda de justo título, porque sabiendo que el predio en cuestión había sido adjudicado a doña Berta Fuentes antes del 7 de noviembre último, fecha en que a aquél se le transfirió la posesión, no ha podido adquirir de buena fe, y esta falta de buena fe hace que su posesión no sea regular.

En el supuesto de que fuera regular, habría sido interrumpida civilmente por medio de los diversos recursos que doña Berta Fuentes, que se pretende verdadera dueña del predio Santa Lucía, ha interpuesto en contra de don Oscar Vergara, como representante legal de su mujer doña Raquel Moreno, heredera de don Pedro Nolasco Moreno, según consta de estos mismos autos, y en los de tercería de dominio que ha deducido en contra de don Francisco Moreno, antecesor de la sucesión de aquél.

Por resolución de 23 de junio último se reservó el fallo de este incidente para hacerlo conjuntamente con el de la sentencia apelada.

Reproduciendo la parte expositiva de esa sentencia, sus considerandos, menos el 5°., y sus citas legales, y teniendo, además, presente:

  1. Que del certificado que rola a fojas 40, consta que la Chacra Santa Lucía, fué comprada por don Francisco Moreno Quiñones el 21 de junio de 1924 e inscrita el 10 de octubre...

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