Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 14° A), N°1, letra c), Art. 31°, Art. 97° – Código Tributario, Art. 68°, Art. 69° – Ley N° 18.046, Art. 99 – Res. Ex. N° 55, de 2003.
Número de sentencia | 1046 |
Fecha | 04 Mayo 2011 |
Normativa aplicada | Renta |
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 14° A), N°1, LETRA C), ART. 31°, ART. 97° – CÓDIGO TRIBUTARIO, ART. 68°, ART. 69° – LEY N° 18.046, ART. 99 – RES. EX. N° 55, DE 2003. (ORD. N° 1046, DE 04.05.2011)
En una fusión por incorporación, la sociedad absorbente o subsistente, puede percibir la devolución del pago provisional por utilidades absorbidas, solicitado por la sociedad que desaparece, en la oportunidad de su término de giro – La sociedad absorbente en la segunda etapa del proceso de reorganización, tiene la calidad de sucesora a título universal de las sociedades disueltas, en todos los bienes, derechos y obligaciones, haciéndose dueña de todo el patrimonio de las sociedades fusionadas – En el proceso de reorganización expuesto, el plazo de 15 días hábiles para informar a este Servicio de la fusión de sociedades, establecido en la Res. Ex. N° 55, de 2003, debe contarse desde la fecha de inscripción en el registro de comercio, de la escritura pública a que se redujo el acuerdo de fusión respectiva.
Ha solicitado a este Servicio confirmar el criterio expuesto en su presentación, en relación con la procedencia que en un proceso de fusión, la sociedad absorbente o subsistente, perciba la devolución del Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA) generado y solicitado por las sociedades absorbidas, al imputar, con motivo del término de sus actividades, la pérdida tributaria de primera categoría del ejercicio a las utilidades tributables no retiradas, conformadas estas últimas por utilidades recibidas producto de anterior proceso de fusión.
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ANTECEDENTES.
Indica que la cadena de supermercados que representa, proyecta eliminar en un año, más de 100 sociedades con que operan sus locales, unificándolos en sólo 4 razones sociales, por tipo de formato de negocios.
De acuerdo a los resultados tributarios determinados al 31 de diciembre de 2009, de las 108 sociedades que actualmente operan los supermercados, aproximadamente 54 acumulan pérdidas tributarias y 54 acumulan utilidades tributables.
Señala que una alternativa de reorganización que permite lograr los objetivos propuestos, consiste en fusionar las sociedades, proceso que se llevaría a cabo en dos etapas:
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Las sociedades que acumulan pérdidas tributarias, absorben, vía fusión propia, a las sociedades que acumulan utilidades tributables.
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Una nueva sociedad, por cada uno de los 4 formatos de negocio, que se creará con tal objeto, absorberá a continuación y en el mismo ejercicio, vía fusión propia, a todas las sociedades subsistentes...
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