Actual Congreso debería tramitar a lo menos 21 proyectos de ley por efecto del ajuste o adecuación constitucional - 27 de Junio de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 906779528

Actual Congreso debería tramitar a lo menos 21 proyectos de ley por efecto del ajuste o adecuación constitucional

El actual Congreso, tal como se conoce por más de 200 años, dejará de existir el 11 de marzo de 2026. Ese día, el Senado será reemplazado por la Cámara de las Regiones y la Cámara por el Congreso de los Diputados y Diputadas. Eso, en el caso de ser aprobada la propuesta constitucional en el plebiscito del próximo 4 de septiembre.Pese a la eventual sustitución, será el Parlamento vigente, con sus 205 integrantes, el que deberá llevar adelante la tramitación de a lo menos 21 proyectos de ley (ver listado y plazos) contenidos en las normas transitorias ya aprobadas por el pleno de la Convención, las que en la práctica darán paso a la denominada adecuación constitucional para establecer la fisonomía de la futura Carta Fundamental. Así, el Poder Legislativo podría dar inicio e incluso culminar la tramitación de las iniciativas que por mandato deberá poner en discusión, las que derivarán del envío de los respectivos proyectos por parte del Presidente.Según se lee en los artículos transitorios, la nueva "Constitución entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación", por lo que se podría suponer que si el plebiscito de salida es en septiembre, a contar de octubre deberían iniciar los plazos de ajustes normativos.Si bien el artículo 7º transitorio establece que "hasta el 11 de marzo de 2026, para la aprobación de los proyectos de reforma constitucional, se requerirá el voto favorable de cuatro séptimos de las y los integrantes de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado. Los proyectos de reforma constitucional aprobados por el Congreso Nacional que alteren sustancialmente las materias señaladas en el artículo [ID 1292] de esta Constitución o los capítulos de Naturaleza y Medioambiente y de Disposiciones Transitorias deberán ser sometidos al referéndum ratificatorio de reforma constitucional establecido en el artículo [art. 78 ID 1292-1296]. Si el proyecto de reforma es aprobado por dos tercios de las y los integrantes de ambas Cámaras, no será sometido a dicho referéndum"; mientras que para el resto que no sean reformas, entienden en el Parlamento, se necesitaría quorum de ley simple. Posterior al 11 de marzo de 2026, el futuro Poder Legislativo tendría que dar continuidad al debate de iniciativas que a partir de ese plazo estén contempladas.La más urgenteDe entre las 59 disposiciones transitorias aprobadas, la más perentoria es la contenida en la cuadragésima...

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