Decreto núm. 1471, publicado el 05 de Enero de 1968. ACLARA LA COMPUTACION DEL FERIADO DEL PERSONAL DE LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497639226

Decreto núm. 1471, publicado el 05 de Enero de 1968. ACLARA LA COMPUTACION DEL FERIADO DEL PERSONAL DE LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

ACLARA LA COMPUTACION DEL FERIADO DEL PERSONAL DE LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION

Santiago, 4 de Diciembre de 1967.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.471.- Vistos: El acuerdo del Consejo de la Corporación de Fomento de la Producción tomado en la sesión Nº 1.002-a, de 18 de Octubre del año en curso; el oficio Nº 21.147, de 10 del mes recién pasado del Sr. Vicepresidente Ejecutivo de dicha Corporación, y lo dispuesto en el DS. Nº 859, de 1955 en relación con el DFL. Nº 88, de 1960;

Decreto:

Agrégase como inciso final del Art. 42, del decreto Nº 859, de 8 de Agosto de 1955, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, lo siguiente:

"El día Sábado no se computará para los efectos del feriado del personal de la Corporación de Fomento de la Producción, que tenga un régimen de trabajo de Lunes a Viernes".

Tómese razón, comuníquese y publíquese.- E. FREI M.- Edmundo Pérez Z.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Dios guarde a Ud.- Pedro Buttazzoni A., Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción suplente.

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CHILE

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