La acción penal regulada en el artículo 162 del Código Tributario - Núm. 51, Julio 2018 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 851392837

La acción penal regulada en el artículo 162 del Código Tributario

AutorRaúl Núñez Ojeda - Manuel Silva Salse
CargoAbogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad de Valparaíso. Doctor en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona (España). - Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
Páginas137-164
145LA ACCIÓN PENAL REGULADA EN EL ARTÍCULO 162 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
*
Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad de Valparaíso.
Doctor en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona (España). Profe-
sor de Derecho Procesal Civil y Procesal Penal en la Pontifica Universidad Católica
de Valparaíso. Correo electrónico: raul.nunez@pucv.cl.
**
Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Pontificia Universidad Ca-
tólica de Valparaíso. Ex ayudante de Derecho Penal y Procesal Penal en la Pontificia
Universidad Católica de Valparaíso. Colaborador del profesor Raúl Núñez Ojeda.
Correo electrónico: manuelalberto.ss@gmail.com.
Revista de Derecho
de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Vol. 51 (segundo semestre de 2018)
[pp. 145 - 172]
LA ACCIÓN PENAL REGULADA EN EL ARTÍCULO 162 DEL
CÓDIGO TRIBUTARIO
[The criminal action regulated in article 162 of the Tax Code]
RAÚL NÚÑEZ OJEDA*
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
MANUEL SILVA SALSE**
R el 4 de abril de 2018 y A el 8 de noviembre de 2018
R
El presente trabajo tiene por objeto
el estudio de la acción penal regulada en
el artículo 162 del Código Tributario.
La primera parte trata el contenido
normativo del artículo. La segunda parte
se dedica al estudio de la acción penal,
sus características, tipos y fundamentos.
Luego, se analiza una categoría poco
difundida en nuestro país: la acción
penal que requiere de autorización de
un ente estatal; la que se entiende, co-
rresponde a esta acción penal. Además,
A
The purpose of this paper is to study
the criminal action regulated in Article
162 of the Tax Code. The first part deals
with the normative content of the article.
The second part is dedicated to the study
of criminal action, its characteristics,
types and foundations. Then, a category
little known in our country is analyzed:
the criminal action that requires autho-
rization from a state entity; what is
understood, corresponds to this criminal
action. In addition, a section on proce-
RAÚL NÚÑEZ - MANUEL SILVA146 REVISTA DE DERECHO VOL. 51 (SEGUNDO SEMESTRE DE 2018)
se incorpora un apartado sobre los pre-
supuestos procesales de perseguibilidad
para complementar la visión anterior y
las herramientas procesales que pueden
ejercerse en caso de que no concurra
aquél. La tercera y última parte se dedica
a los delitos tributarios y su vinculación
con la acción penal.
PALABRAS CLAVE
Acción penal – Servicio de Impuestos
Internos – delitos tributarios – Derecho
penal.
dural persecutability budgets is added to
complement the previous vision and the
procedural tools that may be exercised in
the event of non-concurrence. The third
and last part is devoted to tax crimes and
their connection with criminal action.
KEYWORDS
Criminal action – Internal Tax Ser-
vice – tax crimes – Criminal Law.
I. INTRODUCIÓN
El artículo 162 del Código Tributario otorga al Servicio de Impuestos
Internos la facultad pr iv ati va de interponer una denuncia o querella en
caso de que durante la investigación por infracciones tributarias descubra
que éstas pueden ser constitutivas de delito. En otros términos, el titular de
la acción penal por delitos tributarios es el Servicio de Impuestos Internos.
Tradicionalmente, se contemplan tres clases de acción penal: acción
penal pública, acción penal pública previa instancia particular y acción
penal privada. Si bien éstas son las acciones que reconoce expresamente
nuestra legislación procesal penal, doctrinariamente encontramos una cuar-
ta categoría de acción penal que cuenta con reconocimiento implícito en
nuestro ordenamiento jurídico: la acción penal que requiere de autorización
de un ente estatal. Ésta, si bien es similar a la acción penal previa instancia
particular, tiene algunas particularidades que la distinguen de aquélla.
En el presente trabajo se analiza la institución de la acción penal, su
naturaleza y fundamentos. Luego, se caracteriza a la acción penal del
artículo 162 del Código Tributario como una que requiere autorización
de un ente estatal.
Más allá de una mera clasificación, nos permite comprender el trasfon-
do de su existencia, que está muy relacionada con los delitos tributarios,
como se verá: esta autorización tiene sentido porque permite el ejercicio
de la acción penal para perseguir delitos tributarios.
Junto con lo anterior, se complementa el estudio procesal con los
presupuestos de perseguibilidad, que son aquellos requisitos formales que
requiere una relación procesal para que surja válidamente. La autorización
del ente estatal, en definitiva, se traduce en uno de aquellos presupuestos.
Ahora bien, ¿qué herramientas procesales pueden ejercerse en caso de que
falte uno de estos presupuestos? Ello será respondido in infra.
Por tanto, el presente trabajo consiste en un estudio eminentemente
dogmático, que analiza la institución desde una perspectiva procesal y

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