Decreto núm. 119, publicado el 03 de Febrero de 2023. DECLARA VACANTE CARGO DE DIRECTOR DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 922247509

Decreto núm. 119, publicado el 03 de Febrero de 2023. DECLARA VACANTE CARGO DE DIRECTOR DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorOTROS
Rango de LeyDecreto

DECLARA VACANTE CARGO DE DIRECTOR DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE

Núm. 119.- Santiago, 1 de abril de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; en la ley Nº 19.882, que regula política de personal a los funcionarios públicos que indica; en la ley Nº 18.989, que crea el Ministerio de Planificación y Cooperación; en la Ley Nº 21.395, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2022; en el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, que fija la planta de personal de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el estatuto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto Nº 20, de 17 de febrero de 2021, de esta Cartera Ministerial; en las resoluciones Nos. 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón de las materias que indican; en el dictamen Nº 3835, de 2019, todos de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 17 de la ley Nº 18.989, la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargado de ejecutar las políticas, de acuerdo a las directrices impartidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en materias relativas a la cooperación internacional para el desarrollo de Chile. Dicha preceptiva determina que este Servicio se encuentra afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, establecido en el Título VI de la ley Nº 19.882.

  2. Que, a su turno, el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, que fija la planta de personal de la Agencia Chilena de...

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