Ingreso de proyecto . - Proyectos de Ley (Expresiones) - Iniciativas legislativas - VLEX 914503841

Ingreso de proyecto .

Fecha12 Junio 2002
EtapaPrimer trámite constitucional / C.Diputados
Moción de los diputados señores Alvarado, Norambuena y Víctor Pérez

Moción de los diputados señores Alvarado, Norambuena y Víctor Pérez.


Agrega un nuevo inciso tercero al artículo 18 de la ley Nº 18.290, relativo a la renovación de licencias de conducir clase A. (boletín Nº 2968-15)

Considerando:

Situación actual

1. La ley de Tránsito establece como requisito para la obtención de los diferentes tipos de licencias de conducir, la realización de una serie de exámenes, en virtud de los cuales se pretende establecer la idoneidad tanto física como moral que deben reunir los futuros conductores.

2. Si bien la ley establece la realización de exámenes tanto de conocimientos como aquellos de carácter práctico para la obtención de la licencia de conducir, éstos no son exigidos por el legislador para la renovación de la misma, salvo en las licencias clase “A”, o profesional, en la que sí se solicita, que vencido el plazo de vigencia de la licencia, se deba realizar nuevamente todos los exámenes.

3. Que, no obstante, nadie puede discutir la necesidad de que los exámenes médicos y la idoneidad moral se deben mantener, nada al parecer justifica que los conductores de licencias profesionales deben reiterar el examen práctico, cuando ese conductor ha mantenido una conducta intachable en el desempeño de esa función, es decir, no haber sido sancionado con multas o infracciones en el período que va entre la vigencia de la licencia de conducir y su caducidad.

OBJETIVO DEL PROYECTO

1. A nuestro juicio resulta innecesario exigir la realización de estos exámenes al momento de la renovación, toda vez que los conductores con el transcurso de los...

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