Ingreso de proyecto . - Proyectos de Ley (Expresiones) - Iniciativas legislativas - VLEX 914499542

Ingreso de proyecto .

Fecha05 Junio 2019
EtapaPrimer trámite constitucional / C.Diputados

Modifica el decreto ley N°2.695, de 1979, en lo relativo a los bienes raíces urbanos susceptibles de acogerse a sus disposiciones, y al procedimiento de regularización allí establecido

Boletín N° 12780-14



  1. CONSIDERANDO



  1. El requisito establecido en el Artículo 1° del DL 2695 de 1979 en el que se limita a 380 UTM de avalúo fiscal de inmuebles urbanos para poder acceder al título de dominio, es un problema que deja al margen de mejorar su calidad de vida a todas aquellas familias que necesitan regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz, en la que habitan por muchos años sin tener un título de dominio y que hasta hoy les ha impedido acceder a subsidios del Estado y beneficios. Lo mismo ocurre con los inmuebles rurales, que tienen un límite de 800 UTM máximo para acceder al trámite de obtener su dominio por el procedimiento especial que establece este Decreto Ley.



  1. El último proceso de re-avalúo fiscal para los predios no Agrícolas (87% del total de los predios del país) de enero de 2018, presentó un nuevo incremento del 35.2% como promedio y para el total de más de 6.6 millones de inmuebles no agrícolas. En total, se observa que desde la publicación del DL 2695, los avalúos fiscales de inmuebles No Agrícolas han experimentado un alza promedio de más del 165%. Sin embargo, se observan casos de muchas regiones donde el alza del avalúo fiscal entre 1996 y 2019 es de más del 340% y cuya actualización se vuelva más que necesaria.



  1. A su vez, Más del 80% de las familias que utilizan la norma excepcional del DL 2695 para regularizar el dominio de su inmueble, de acuerdo al Registro Social de Hogares, requieren del subsidio del Estado para realizar el trámite, evidenciando con ello una alta focalización de este instrumento en las familias que menores ingresos y que requieren de un título de dominio como uno de los pilares básicos para mejorar su condición de vida.



  1. Por ello, consideramos que al mantenerse como límite de avalúo fiscal para acceder al DL 2695, para inmuebles urbanos en la cantidad de 380 UTM ($17.974.380), son muchas familias las que quedan al margen del beneficio que gestiona el Ministerio de Bienes Nacionales. Se estima que, de las 17.000 solicitudes recibidas anualmente en promedio, existen otras 7.000 familias que no pueden ingresar sus antecedentes. Luego del re-avalúo de enero de 2018, el ingreso de solicitudes disminuyó aún más, con solo 13.345 ingresos para el año 2018.



  1. Entonces, Si aplicamos a las 380 UTM el porcentaje de aumento promedio de los avalúos acumulado en los últimos 35 años para predios urbanos, de un 300%, tendríamos al menos un valor de 1.500 UTM (70 millones de pesos). En tanto que, para los predios rurales, el avalúo fiscal límite para regularizar títulos de dominio, sería de unas 1600 UTM (75.6 millones de pesos).



  1. Igualmente es importante considerar que el re avalúo fiscal tiene una periodicidad para su aplicación, y que para los predios No urbanos es cada 4 años y en consecuencia la actualización del valor límite para acceder al DL 2695, debiera contemplar un reajuste automático cada vez que se produzcan los re avalúos que establece la ley N° 17.235.



  1. Para concluir, consideramos pertinente avanzar en nuestra legislación nacional en esta materia, con el objeto de beneficiar a aquellas familias que en el...

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