N - Derecho penal. (Parte Especial) Explicación alfabetizada y concordada - Libros y Revistas - VLEX 903466674

N

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas231-231
231
A n í b a l C o r n e j o M a n r í q u e z
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- N -
149.- NO PRESENTACIÓN DE UN MENOR POR EL
ENCARGADO DE SU PERSONA.
TIPO LEGAL. El art.355 sanciona con la pena de presidio menor
en su grado medio (541 días a 3 años) al que hallándose encargado de
la persona de un menor no lo presentare, reclamándolo sus padres,
guardadores o la autoridad, a petición de sus demás parientes o de oficio,
ni diere explicaciones satisfactorias acerca de su desaparición.
Concordancias. C.P.: arts. 30, 76, 142.
- TIPO OBJETIVO. Consiste en la no presentación del menor por
la persona que lo tiene a su cargo o en no proporcionar explicaciones
satisfactorias acerca de su desaparición. Este es un delito especial que
necesita de un sujeto que esté a cargo de la persona del menor, sea
contractualmente o de hecho y que dicho menor sea reclamado por sus
padres, guardadores o por la autoridad correspondiente, pudiendo esta
última proceder de oficio a petición de los demás parientes del niño.
Además del dolo, debe existir el ánimo de afectar el estado civil
del niño.
Este delito se diferencia del de ‘‘sustracción de un menor’’ porque
supone la entrega previa y voluntaria de éste al encargado, y porque,
además, el propósito del hecho en sí es afectar el estado civil de la
víctima y no su libertad.
- SUJETO PASIVO. Menor cuya edad no puede ser mayor a 18
años, el que debe estar a cargo del sujeto activo.

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