Sentencia nº Rol 3440-17 de Tribunal Constitucional, 25 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 743811829

Sentencia nº Rol 3440-17 de Tribunal Constitucional, 25 de Octubre de 2018

Fecha25 Octubre 2018

Santiago, veinticinco de octubre de dos mil dieciocho.

Proveyendo a fojas 387, a lo principal y otrosí, téngase por cumplida la medida para mejor resolver y por acompañados los documentos.

A fojas 448, a sus antecedentes.

VISTOS:

A fojas 1, con fecha 13 de abril de 2017, la Ilustre M. de Maipú deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 53, inciso tercero, del Código Tributario, para que dicha declaración produzca sus efectos en la causa sobre reclamación tributaria caratulada “Ilustre M. de Maipú con Servicio de Impuestos Internos”, de que conoce actualmente la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N° 7399-2016.

La causa fue admitida a tramitación por la Segunda Sala de este Tribunal Constitucional, por resolución de 18 de abril de 2017 (fojas 249), decretando con la misma fecha la suspensión de la sustanciación de la gestión judicial invocada. La misma Sala, por resolución de 3 de mayo de 2017 (fojas 267), declaró admisible la acción impetrada. Posteriormente, se confirieron los traslados acerca del fondo a los órganos constitucionales y a las demás partes, formulando oportunamente sus observaciones el Consejo de Defensa del Estado que, asumiendo la representación del Servicio de Impuestos Internos, solicitó el rechazo del requerimiento en todas sus partes. A fojas 371, se amplió la suspensión del procedimiento al procedimiento sobre cobro compulsivo de liquidaciones sustanciado por la Tesorería General de la República en contra de la M. de Maipú, en el expediente de cobro Rol N° 11.816-2016, de Maipú.

El precepto legal cuestionado en autos, contenido en el párrafo 2 del título 3° del Libro Primero del Código Tributario, relativo a los reajustes e intereses moratorios, dispone que: “El contribuyente estará afecto, además, a un interés penal del uno y medio por ciento mensual por cada mes o fracción de mes, en caso de mora en el pago del todo o de la parte que adeudare de cualquier clase de impuestos y contribuciones. Este interés se calculará sobre los valores reajustados en la forma señalada en el inciso primero”.

En cuanto a la gestión judicial en que incide el requerimiento, expone la actora que, por sentencia de 29 de abril de 2016, haciendo aplicación del precepto cuestionado, el Director Regional Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, rechazó la reclamación tributaria deducida por la M., ante lo cual ésta interpuso el recurso de apelación que se encuentra diferido en su resolución por el tribunal de alzada capitalino y en el cual, la norma será asimismo decisiva y, de no mediar la declaración de inaplicabilidad por parte de este Tribunal Constitucional, conllevará la ineludible infracción de sus garantías constitucionales.

El asunto de fondo se origina en dos reclamaciones tributarias deducidas por la M. de Maipú contra las liquidaciones de impuesto 433 a 438, del año 2005, y las liquidaciones 443 a 445, del año 2010, en que el Servicio de Impuestos Internos determinó que el Municipio debía pagar impuesto de primera categoría por la prestación de servicios sanitarios que no se habrían declarado, ordenando además respecto de las primeras liquidaciones el cobro retroactivo 6 años hacia atrás, por los años tributarios 1999 a 2004, y respecto de las segundas, el cobro hacia atrás por los años tributarios 2005 a 2007.

Luego de ordenar la acumulación de autos, el Director Regional del Servicio, por sentencia de 29 de abril de 2016, más de 10 años después del giro de las primeras liquidaciones, y por un atraso no imputable a la requirente, rechazó las reclamaciones, ordenando el pago del impuesto reajustado y más los intereses moratorios del 1,5 % dispuestos por la norma impugnada, multiplicando en 4 veces el capital adeudado, y sin que aun haya sentencia ejecutoriada en la causa. Contra la sentencia del Director Regional, se dedujo por la M. recurso de reconsideración y, en subsidio el recurso de apelación, rechazándose el primero y encontrándose pendiente de resolución la apelación.

Expone la actora que la reclamación acontece en el marco de la prestación de servicios municipales de agua potable y alcantarillado en la comuna de Maipú, prestación de servicio básica que, por involucrar ingresos públicos, el SII estimaba que constituía una exención de pago de impuesto de primera categoría, conforme al artículo 40, N° 1, de la Ley de Impuesto a la Renta.

Sin embargo, el año 2004, el Servicio modificó su criterio, estimando gravados los servicios sanitarios prestados por el Municipio, de acuerdo al artículo 20, N° 3, de la ley de impuesto a la renta, lo cual afecta los derechos constitucionales del ente requirente.

Así, y entrando al conflicto constitucional planteado, afirma la requirente que la aplicación del precepto reprochado al caso concreto, en tanto fija un interés por el solo ministerio de la ley que el juez no puede eludir, infringiría forzosamente la vulneración de sus derechos a la igualdad ante la ley y a la no discriminación arbitraria; así como su derecho a la igualdad ante los tributos y la prohibición de tributos manifiestamente desproporcionados o injustos, dando así por conculcados en la especie los numerales 2 y 20 del artículo 19 constitucional.

Indica que, de acuerdo al precepto cuestionado, se ha liquidado un impuesto por $35.091.647.992, de los cuales $5.734.968.274 corresponden a deuda neta, $3.467.667.111 a reajustes, $2.724.577.610 a multa, y $23.164.434.997 son cobrados por concepto de intereses moratorios, calculadas estas cifras a la época de interposición del presente requerimiento, en abril de 2017. Estos montos ya demuestran al entender de la actora que la norma, no en abstracto, sino en este específico expediente, es desproporcionada y gravosa a nivel de inconstitucionalidad.

El carácter decisivo de la norma para la resolución del asunto se aprecia toda vez que la Corte de Apelaciones necesariamente lo aplicará para resolver el asunto. En efecto, el petitorio del recurso de apelación solicita que se revoque la sentencia del juez a quo, acogiendo la reclamación y dejando sin efecto las 9 liquidaciones. Así, la M. alega en sede de alzada la improcedencia del tributo, impugnando en su integridad las liquidaciones, lo que incluye tanto la obligación principal como el interés moratorio que accede a ella. Las liquidaciones reclamadas, se fundan precisamente en el artículo 53, inciso tercero, al igual que la sentencia del juez tributario que rechazó las reclamaciones, y del mismo modo entonces, será aplicable al fallo que pronuncie la Corte de Apelaciones.

Alega la actora que la aplicación del precepto, entonces, importa una discriminación arbitraria en su contra con la consiguiente infracción del principio de igualdad ante la ley, máxime atendida la dilación administrativa y jurisdiccional por parte del SII en la fase administrativa y en la posterior sustanciación del litigio, que lleva más de 10 años; así como el cambio de criterio sobreviniente en su interpretación, que obedece a razones caprichosas, no razonables y, además, que se pretende hacer efectivo en forma retroactiva.

Indica que no se cuestiona la interpretación de la norma ni su aplicación en el tiempo, sino su inconstitucionalidad concreta, pues nos encontramos frente a un castigo financiero al contribuyente moroso, que opera por el mero transcurso del tiempo, hasta que exista sentencia ejecutoriada.

Sumado a ello, las dilaciones injustificadas del Servicio y luego del juez tributario constituyen discriminación arbitraria contra la actora, y ponen de manifiesto lo abusivo y expropiatorio de los intereses que podría verse compelida a pagar, con la consecuente puesta en riesgo de la función del Municipio de prestar en forma continua los servicios públicos a los vecinos, según le mandata el artículo 118 de la Carta Fundamental.

Asimismo, el cambio de criterio del SII es sobreviniente, no justificado debidamente y además, retroactivo, castigando con intereses moratorios una conducta no imputable a la requirente, que se había ajustado a los criterios existentes y contestes de la autoridad tributaria, que durante 3 décadas no objetó la tributación del municipio.

En seguida, se postula como infringido el derecho a la igualdad ante la ley, toda vez que, producto de la dilación de la autoridad, la M. tendría que pagar intereses desproporcionadamente más altos que quienes, en su misma situación, han liquidado su impuesto en el marco de procedimiento administrativo y jurisdiccional oportuno y en que conozca con certeza el impuesto que en definitiva deberá pagar.

El criterio de igualdad también se ve conculcado al aplicarse la norma en forma igual a quienes están en situación diferente. No es razonable ni cumple con la finalidad de la norma, de orden disuasorio, que el castigo moratorio se aplique perentoriamente por igual a quien voluntariamente no paga la obligación, y a quien –como en la especie- no puede pagar por no estar aún fijado el monto del impuesto por sentencia ejecutoriada. A ello se agrega la vulnerabilidad en que quedan los recursos municipales que, por el principio de legalidad y el presupuesto anual, la M. no puede tampoco disponer fuera de los fines constitucionales y legales que le competen, como es desde luego la necesaria continuidad en la prestación del servicio público de agua potable y alcantarillado. Debe tenerse presente, asimismo, que la M., conforme al artículo 63, N° 7, de la Constitución, no puede obtener financiamiento crediticio para pagar la deuda.

En otro acápite, la requirente afirma que el precepto legal aplicado a su caso, se constituye como un tributo manifiestamente desproporcionado o injusto, lo que se halla prohibido por la Constitución.

La desproporción e injusticia es manifiesta. Esta M. ha estimado que concurre cuando el tributo “es excesivo, fuera de cánones racionales, alejado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
9 temas prácticos
  • Sentencia nº Rol 9700-20 de Tribunal Constitucional, 26 de Agosto de 2021
    • Chile
    • 26 Agosto 2021
    ...3, STC 7233 c. 3, STC 7311 c. 3, STC 7398 c. 3, STC 7430 c. 3, STC 7606 c. 3, STC 4794 c. 54, STC 3406 c. 2, STC 3482 c. 23, STC 3972 c. 17, STC 3440 c. 5, STC 4592 c. 18, STC 4735 c. 18, STC 4820 c. 20, STC 5835 c. 18, STC 5016 c. 17, STC 3570 c. 8, STC 3702 c. 2, STC 5267 c. 9, STC 4836 c......
  • Sentencia nº Rol 4170-17 de Tribunal Constitucional, 6 de Marzo de 2019
    • Chile
    • 6 Marzo 2019
    ...en que se rechazaron los requerimientos, en el último de los señalados, por votación dividida. Finalmente, se dictó, recientemente, la STC Rol N° 3440 (25.10.2018), en que se acogió el requerimiento Antecedentes fácticos RELEVANTES SÉPTIMO Que, en este caso, la actividad de cobro administra......
  • Sentencia nº Rol 8770-20 de Tribunal Constitucional, 10 de Septiembre de 2020
    • Chile
    • 10 Septiembre 2020
    ...en el último de los señalados, por votación dividida. Finalmente, se han dictado varias sentencias estimatorias: entre otras, STC Roles N° 3440 (25.10.2018), N° 4170 (06.03.2019), N° 4623 (06.03.2019), 6082 (24.10.2019), 6866 (29.10.2019) y 7864 ANTECEDENTES FÁCTICOS RELEVANTES DÉCIMO Con f......
  • Sentencia nº Rol 6866-19 de Tribunal Constitucional, 29 de Octubre de 2019
    • Chile
    • 29 Octubre 2019
    ...en el último de los señalados, por votación dividida. Finalmente, se han dictado varias sentencias estimatorias: entre otras, STC Roles N° 3440 (25.10.2018), N° 4170 (06.03.2019) y N° 4623 Antecedentes fácticos RELEVANTES SÉPTIMO Que, respecto de la gestión de fondo pendiente, cabe señalar ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
8 sentencias
  • Sentencia nº Rol 8606-20 de Tribunal Constitucional, 13 de Agosto de 2020
    • Chile
    • 13 Agosto 2020
    ...teniendo como parámetro lo resuelto en el fallo de mayoría del precedente STC 3079, de 3 de octubre de 2017, y en el voto de minoría en la STC 3440, donde se explicita la íntima correlación con el concepto de legalidad tributaria, el análisis de proporcionalidad y justicia del interés penal......
  • Sentencia nº Rol 9503-20 de Tribunal Constitucional, 6 de Mayo de 2021
    • Chile
    • 6 Mayo 2021
    ...en el último de los señalados, por votación dividida. Finalmente, se han dictado varias sentencias estimatorias: entre otras, STC Roles N° 3440 (25.10.2018), N° 4170 (06.03.2019), N° 4623 (06.03.2019), 6082 (24.10.2019), 6866 (29.10.2019) y 7864 ANTECEDENTES RELEVANTES SÉPTIMO Respecto de l......
  • Sentencia nº Rol 12415-21 de Tribunal Constitucional, 5 de Abril de 2022
    • Chile
    • 5 Abril 2022
    ...3, STC 7233 c. 3, STC 7311 c. 3, STC 7398 c. 3, STC 7430 c. 3, STC 7606 c. 3, STC 4794 c. 54, STC 3406 c. 2, STC 3482 c. 23, STC 3972 c. 17, STC 3440 c. 5, STC 4592 c. 18, STC 4735 c. 18, STC 4820 c. 20, STC 5835 c. 18, STC 5016 c. 17, STC 3570 c. 8, STC 3702 c. 2, STC 5267 c. 9, STC 4836 c......
  • Sentencia nº Rol 9560-20 de Tribunal Constitucional, 29 de Julio de 2021
    • Chile
    • 29 Julio 2021
    ...3, STC 7233 c. 3, STC 7311 c. 3, STC 7398 c. 3, STC 7430 c. 3, STC 7606 c. 3, STC 4794 c. 54, STC 3406 c. 2, STC 3482 c. 23, STC 3972 c. 17, STC 3440 c. 5, STC 4592 c. 18, STC 4735 c. 18, STC 4820 c. 20, STC 5835 c. 18, STC 5016 c. 17, STC 3570 c. 8, STC 3702 c. 2, STC 5267 c. 9, STC 4836 c......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR