Decisión nº C663-10, de Consejo de Transparencia de 14 de Diciembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539922998

Decisión nº C663-10, de Consejo de Transparencia de 14 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2010
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C663-10

Entidad pública: Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso

Requirente: Jorge Morales Cortés

Ingreso Consejo: 23.09.2010

En sesión ordinaria N° 207 de su Consejo Directivo, celebrada el 14 de diciembre de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo Rol C663-10.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; la Ley N° 20.285, de 2008, sobre acceso a la información pública; la Ley N° 19.880, del 2003, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285 y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El día 1 de septiembre de 2009, don Jorge Morales Cortés, solicitó a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso (en adelante indistintamente Seremi de Salud de Valparaíso) copia íntegra de todas las resoluciones recaídas en sumarios sanitarios, desde el 1º de enero de 2009 hasta el 1º de septiembre de 2010, en formato digital.

2) RESPUESTA: La Seremi de Salud de Valparaíso respondió a la solicitud de acceso el 10 de septiembre de 2010, indicando al reclamante que lo pedido no constituye solicitud de acceso amparada por la Ley de Transparencia, por lo cual se reclasificará a título de “consulta”.

3) AMPARO: Don Jorge Morales Cortés dedujo, dentro de plazo, amparo en contra de la Seremi de Salud de Valparaíso, por denegación de acceso a la información, fundado en la negativa de la autoridad, recalificándola como consulta general y a su vez considerarla como muy amplia, requiriéndole mayor especificidad indicando el área sobre la cual requiere dichas resoluciones sanitarias.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este reclamo trasladándolo, mediante Oficio N° 2.061, de 1 de octubre de 2010, al Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, quien respondió mediante Ordinario N° 1.502, de 26 de octubre de 2010, señalando lo siguiente:

a) Expone que la información requerida no fue entregada oportunamente, ya que se trataba de un requerimiento de carácter genérico, referido a un elevado número de actos administrativos.

b) Indica además, que en su calidad de Seremi de Salud, conoce sumarios sanitarios en diferentes áreas temáticas como alimentos, zoonosis, salud ocupacional, saneamiento básico, profesiones médicas, farmacias, etc., en cada una de las Oficinas Provinciales y locales, como Los Andes, San Felipe, Quillota, Quilpué, Viña del Mar, Valparaíso, San...

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