Decisión nº C571-13, de Consejo de Transparencia de 8 de Mayo de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539921302

Decisión nº C571-13, de Consejo de Transparencia de 8 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMedio Ambiente

DECISIÓN AMPARO ROL C571-13

Entidad pública: Dirección Regional de Vialidad de la Región de Los Ríos.

Requirente: Manuel Santana Pacheco.

Ingreso Consejo: 02.05.2013.

En sesión ordinaria Nº 432 de su Consejo Directivo, celebrada el 8 de mayo de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C571-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 28 de marzo de 2013, don Manuel Santana Pacheco envió un correo electrónico a la casilla institucional de un funcionario de la Dirección de Vialidad, don Álvaro Rodríguez, requiriendo -a propósito de una denuncia de daño ambiental efectuada a la Municipalidad de Río Bueno por tala de árboles nativos en bien nacional de uso público- lo siguiente:

a) Copia de solicitud de tala;

b) Documento a través del cual se autorizó tala de especies nativas; y,

c) Destino de troncos de árboles y leña producida.

2) Que, con fecha 11 de abril pasado, don Manuel Santana Pacheco reiteró la solicitud anterior enviando dicha presentación al correo electrónico institucional del Jefe Provincial de la Dirección de Vialidad, Provincia de Ranco, don Roberto Henríquez Pereda.

3) Que, con fecha 11 de abril pasado, el referido Jefe Provincial informó al solicitante...

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