Decisión nº C909-13, de Consejo de Transparencia de 13 de Septiembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539917586

Decisión nº C909-13, de Consejo de Transparencia de 13 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C909-13

Entidad pública: Universidad de Tarapacá

Requirente: Juan Carlos Cardoso Peralta

Ingreso Consejo: 18.06.2013

En sesión ordinaria Nº 466 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de septiembre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C909-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 23 de mayo de 2013, don Juan Carlos Cardoso Peralta presentó a la Universidad de Tarapacá, una solicitud de información “respecto de mis años de estudio en esa Universidad”. El requirente solicitó en particular, lo siguiente:

a) Cantidad de semestres cursados entre los años 1988 y 1995 en la carrera de Ingeniería Comercial;

b) Cantidad de semestres cursados y aprobados entre los años 1988 y 1995 en la carrera de Ingeniería Comercial; y,

c) Copia de malla curricular de la carrera de Ingeniería Comercial correspondiente a los años 1988, 1989 y 1993.

El solicitante agregó: “Mis años como alumno regular de la carrera de Ingeniería Comercial son: desde el año 1988 al 1991 y desde el año 1993 a 1995”.

2) RESPUESTA: El 18 de junio de 2013, la Universidad de Tarapacá respondió a dicho requerimiento de información mediante correo electrónico dirigido al solicitante, adjuntando copia del Decreto Exento N° 486. Por el citado Decreto se accedió a la entrega de la información requerida, haciendo presente, en síntesis, lo siguiente:

a) De conformidad al artículo 16 del DFL N° 150, de 1981, que creó la Universidad de Tarapacá, el Registrador es el funcionario superior responsable de mantener un registro de ingreso a la Universidad de los estudiantes, su actividad curricular y el otorgamiento de los certificados, diplomas y grados que acrediten el cumplimiento de los requisitos necesarios de los planes y programas de estudios de la Universidad. El artículo 2° numeral 5° del mismo cuerpo legal, faculta a la Universidad para determinar los derechos que deben ser pagados por cualquier persona o clase de personas por servicios prestados por los funcionarios universitarios, por exámenes, por admisión o cualquier grado o título de grado, o para propósitos de la Universidad en general.

b) Por carta Nº 089/2013, de 13 de mayo de 2013, la Registradora informó que el certificado que contiene la información solicitada por el requirente corresponde a un "Certificado de Notas". En este caso serían dos certificados, puesto que el solicitante registra dos ingresos como alumno a esa Universidad. El arancel universitario para cada certificado de notas es de $12.000. El valor por concepto arancel (estampillas universitarias) de la malla curricular o plan de estudios es de $ 7.000, siendo el plazo de entrega de dos días corridos. Por lo anterior, accede a la entrega de los certificados, previo pago de $ 7.000 por concepto de arancel de cada malla curricular o plan de estudios que solicita, $ 24.000 por concepto de arancel de los dos certificados de notas, valores fijados por Decreto Exento Nº 00.1098/2012, que fija aranceles para la emisión de certificados para el año 2013. El pago debe efectuarse en las cajas habilitadas del campus Saucache de la Universidad, o mediante depósito en cuenta corriente que señala, contando el...

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