Decisión nº C971-11, de Consejo de Transparencia de 23 de Noviembre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539917178

Decisión nº C971-11, de Consejo de Transparencia de 23 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2011
TipoDocumentos Operacionales - Documentos Electrónicos - Otros
MateriaGestión de Personas
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C971-11

Entidad pública: Municipalidad de Valparaíso

Requirente: Christian Wegmann Ivars

Ingreso Consejo: 04.08.2011

En sesión ordinaria N° 297 del Consejo Directivo, celebrada el 23 de noviembre de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C971-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 24 de junio de 2011 don Christian Wegmann Ivars, solicitó a la Municipalidad de Valparaíso se le entregue en formato excel o access, el listado electrónico de las patentes comerciales otorgadas por el municipio, vigentes a la fecha de la solicitud, incluyendo: rol; dirección (calle y número); razón social; RUT; representante legal; tipo de patente y nombre del giro.

Indicó el solicitante que los decretos alcaldicios que avalan la patente municipal, y toda la información que se incluye en el mismo, tiene el carácter de documento público, constituyendo, a la luz de la Ley de Transparencia, una resolución con efectos sobre terceros que, como tal, debe encontrarse permanentemente a disposición de la ciudadanía en la página web del municipio.

2) RESPUESTA: El 21 de julio de 2011 la Municipalidad de Valparaíso respondió a la antedicha solicitud, remitiendo al requirente el listado de patentes comerciales otorgadas en la comuna de Valparaíso, haciendo presente que respecto de las personas naturales efectuó un proceso de disociación de datos, excluyendo la información concerniente al RUT y al domicilio, en razón de lo dispuesto en los artículos y de la Ley N° 19.628.

3) AMPARO: El 4 de agosto de 2011 don Christian Wegmann Ivars, dedujo ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Valparaíso, fundado en que sólo se le habría hecho entrega parcial de la información requerida, argumentando al efecto que:

a) La información solicitada forma parte de un documento de carácter público, puesto que se relaciona con las funciones y competencias del órgano requerido, por lo que no corresponde aplicar la causal de reserva indicada por el municipio, presumiéndose de su parte una intención de entorpecer el acceso a la información y un desconocimiento de la legislación aplicable.

b) Agrega que en la página web del municipio, específicamente en la sección “Ley de Transparencia”, en lo relativo a los actos y resoluciones sobre terceros, se encuentran disponibles en formato PDF los decretos emitidos por el municipio que autorizan la entrega de patentes comerciales, detallándose la información personal del solicitante, incluso tratándose de personas naturales. De este modo no se explica el por qué el municipio ha procedido a disociar datos antes de entregarlos.

c) Idéntica solicitud fue formulada a otros municipios del país, como los de Vitacura, Las Condes y Ñuñoa, quienes accedieron a entregar dicha información sin efectuar disociación o reserva de datos. En otros casos dicha información, si bien no fue entregada en una primera instancia, lo fue en definitiva mediante la intervención del Consejo para la Transparencia, como ocurrió en la decisión de amparo Rol C264-11.

d) Asimismo, la Municipalidad de Providencia mantiene en su sitio web, sección, “transparencia municipal, resoluciones con efectos sobre terceros” un listado de las patentes comerciales vigentes, actualizándose mes a mes.

4) SUBSANACIÓN: En conformidad a lo prescrito en el artículo 46, inciso segundo, del Reglamento de la Ley de Transparencia, este Consejo Directivo acordó requerir al reclamante que subsanara su amparo, en el sentido de acompañar copia de la respuesta entregada por el municipio a la solicitud de acceso, materializándose tal requerimiento en el Oficio N° 2.069, de 18 de agosto de 2011, fecha en la cual el reclamante dio cumplimiento a lo requerido.

5) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: En virtud de lo anterior, este Consejo Directivo acordó admitir a tramitación este amparo, trasladándolo, mediante Oficio N° 2.281, de 1° de septiembre de 2011, al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Valparaíso, quien a través del Oficio DAJ N° 3.464, de 20 de septiembre de 2011, formuló sus observaciones y descargos en los...

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