Decisión nº C399-13, de Consejo de Transparencia de 4 de Diciembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539916466

Decisión nº C399-13, de Consejo de Transparencia de 4 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaDefensa

DECISIÓN AMPARO ROL C399-13

Entidad pública: Armada de Chile

Requirente: Samuel Donoso Boassi

Ingreso Consejo: 04.04.2013

En sesión ordinaria Nº 485 del Consejo Directivo, celebrada el 4 de diciembre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C399-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; las disposiciones del Código de Justicia Militar; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; la Ley N° 20.424, que establece el Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; las disposiciones del Código de Justicia Militar; así como los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 7 de febrero de 2013, don Samuel Donoso Boassi, solicitó a la Armada de Chile la siguiente información, relacionada con los órganos que se indican:

a) En relación al Ministerio de Defensa Nacional: la Resolución MINDEF GMDN.CTE.AS (R) N° 4561/397 CJA/2005, mediante la cual se autorizó la construcción de los Patrulleros de Zona Marítima (PZM).

b) En relación a la Comandancia en Jefe de la Armada, seis documentos que individualizó a través de de fecha y sigla, a saber:

i. La siguientes cuatro Resoluciones: 1) Res. Nº 10000/1284 M.D.N./2004, mediante la cual el Comandante en Jefe de la Armada pide autorización al Ministro de Defensa para iniciar la construcción y financiar los PZM con fondos de la Ley de Navegación hasta USD 50 millones; 2) Res Nº 4561/3975 M.D.N/2004, mediante la cual se informa a la Ministra de Defensa Nacional sobre preselección de diseño para la construcción de los PZM; 3) Res. Nº 4561/237 M.D.N./2005, mediante la cual se informa al Ministro de Defensa Nacional sobre el proceso de selección para la construcción de los PZM; 4) Res. 4520/1906Vrs./2008, mediante la cual se incorpora al Servicio Activo de la Armada el PZM llamado «Piloto Pardo».

ii. Las siguientes dos Cartas: 1) Carta Nº 2200/2171, de 9 de junio de 2004, dirigida al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú (Almirante José Noriega Lores); y 2) Carta Nº 2200/2172, de 9 de junio de 2004, dirigida al Jefe del Estado Mayor de la Armada Argentina de la época (Almirante Jorge Omar Godoy).

c) En relación al Estado Mayor General de la Armada, los siguientes siete documentos que individualizó a través de de fecha y sigla:

i. Cinco actas del Consejo de Planificación Estratégico de la Armada (COPLES): 1) Acta Nº 1/2004, relacionada con la venta de la Universidad Marítima; 2) Acta Nº 3/2004, relacionada con la integración de países vecinos al proyecto Danubio; 3) Acta Nº 6/2004, en que consta que ASMAR presenta para la resolución del COPLES la lista corta de los oferentes de la ingeniería básica de los Patrulleros de Zona Marítima.

ii. Los siguientes otros dos documentos: 1) Memorándum entre los Ministerios de Defensa de Chile y Argentina, de 20 de noviembre de 2007; 2) Reglamento del Consejo de Planificación Estratégica de la Armada (Orgánico Reservado Nº 1-20/14, correspondiente al año 2009).

d) En relación a la Empresa de Astilleros y Maestranza de la Armada (ASMAR), los siguientes 27 documentos:

i. La siguientes seis actas de sesiones: 1) Actas de sesiones ordinarias Nºs 132, de 01.03.04, en la cual consta que el Consejo Superior de ASMAR da las instrucciones a su director para dar inicio a la preparación del astillero a fin de materializar el proyecto Danubio IV; Nº 135, de 07.10.04; y Nº 5, mediante la cual el Comité de Construcción Naval discute el avance del proyecto Danubio IV; 2) Actas de sesiones extraordinarias Nº 1, de 11.05.2004 y Nº 4, de 15.09.04.

ii. Quince cartas que individualiza por número y fecha: Nºs 4186/0500/9-10-11-13-14-15-16-17-18-19-20-21-22,de 23.04.04; 2) Nº 4186/0500/28, de 30.04.2004; 3) Nº 4186/0550/50, de 27 de septiembre de 2004.

iii. Los siguientes tres contratos: 1) Contrato de transferencia de diseño naval e ingeniería entre ASMAR y la Armada Argentina, de fecha 20.12.07; 2) Contrato celebrado entre DIRECTEMAR y ASMAR para la construcción de los PZM; 3) Contrato del Sr. Basili desde el año 2005 hasta su finiquito.

iv. Los siguientes tres documentos: 1) Propuesta privada sobre ingeniería básica del «Proyecto Danubio IV» de ASMAR, provenientes de las siguientes empresas participantes: FASSMER de Alemania, DAMEN de Holanda, FINCANTIERI de Italia, VOSPER THRNYCROFT de Inglaterra, KVAERNER MASA MARINE de Noruega; 2) Ordinario Nº 4151/0550/67, de 08.11.2004, dirigido por el Gerente Corporativo de Construcción Naval de ASMAR al Jefe del Departamento de Planes de DIRECTEMAR y Jefe del Proyecto Danubio IV de DIPRIDA; 3) Copia de Ingeniería básica de los Patrulleros de Zona Marítima.

e) En relación a la Dirección General de Los Servicios de la Armada (DGSA), 10 documentos:

i. Las siguientes tres resoluciones: 1) Nº 4561/24/43, de 08.01.04, que eleva antecedentes de la Armada Argentina, sobre proyectos de patrulleros de alta mar; 2) Nº 4561/12/271, de 21.01.04, sobre análisis comparativos de RAN de los PZM de parte de DIRECTEMAR y de la Armada Argentina; 3) Nº 4561/04/72 DIRECSERV de 12.01.05, mediante la cual se informa sobre el proceso de selección de diseño para la construcción de los PZM.

ii. Los siguientes dos memorándums: 1) Conf. Nº4561/12/1438, de 28.04.04, mediante el cual se elevan al Comandante en Jefe de la Armada proposiciones de cartas dirigidas al Jefe del Estado Mayor de la Armada Argentina y al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú; 2) Nº 4561/11/3024, de 26.11.03, dirigido por la Dirección General de los Servicios al Director General de la Marina de Guerra del Perú.

iii. Los siguientes tres antecedentes: 1) Carta Nº 2235/17, de noviembre de 2003, mediante la cual se le remiten los requerimientos de alto nivel al Director de Material de la Marina de Guerra del Perú; 2) Conf. Nºs 2400/04/712 Vrs., de 27.03.03 y 2460/04/1571 Vrs., de 08.06.04, relacionadas con el funcionario civil a contrata Juan Basily Esbry; 3) Contrato de Trabajo de don Juan Basily Esbry durante los años 2001, 2002, 2003 y 2004; 4) Lista de puestos y cargos de la dotación DGSA correspondiente a los años 2001, 2002, 2003 y 2004.

f) En relación a la Dirección del Territorio Marítimo y Marina Mercante (DIRECTEMAR), 7 documentos:

i. Las siguientes tres resoluciones: 1) Res. Nº 4561/54/D.P.I.A., de 13.12.02, mediante la cual se proponen modificaciones a roles y requerimientos de alto nivel del Proyecto Danubio IV; 2) Resolución recaída en el acuerdo entre DIRECTEMAR y DIPRIDA, respecto del proyecto de desarrollo de los PZM; 3) Res. Nº 4520/196, de 12.05.08, que incorpora al servicio activo de la Armada el PZM «Piloto Pardo».

ii. Los siguientes dos decretos: 1) sobre financiamiento del proyecto de los PZM; 2) sobre comisionamiento de los PZM.

iii. Los siguientes dos antecedentes; 1) Contrato de construcción naval Danubio IV celebrado entre DIRECTEMAR y ASMAR, de 20.05.05; 2) Exposición del diseño seleccionado al director de Material de la Armada Argentina; 3) Copia íntegra de la ingeniería básica de los PZM.

g) En relación a la Dirección de Investigación, Programas y Desarrollo de la Armada (DIPRIDA), las siguientes tres resoluciones: 1) Res Nº 4561/PZM-01/1156, de 17.09.03, dirigida a DIRECTEMAR; 2) Res. Nº 4561/PZM/1376, de 16.12.04, dirigida al Jefe Mayor; 3) Res. Nº 4561/PZM/1430, DE 27.12.04, DIRIGIDA A Jefe Mayor y a DIRECSERV.

h) En relación a la Dirección de Inteligencia de la Armada: el Ordinario (DIRINTA) Nº 8100/643, de 28.03.05

2) PRÓRROGA Y RESPUESTA: La Armada de Chile mediante el O.T.A.I.P.A. Nº 12900/79 S.D.B., dispuso la prórroga del plazo de respuesta por el término de diez días, en atención a la cantidad de antecedentes solicitados. Posteriormente, mediante el Ord. (O.T.I.P.E.) Nº 12900/102, de 21 de marzo de 2013, respondió a la solicitud, indicando que lo solicitado dice relación con el proceso de construcción de los Patrulleros de Zona Marítima, y junto con indicar que remitió parte de lo solicitado al reclamante, señaló, en síntesis, que:

a) Procedió a derivar la solicitud respecto de la información concerniente al Ministerio de Defensa y a la empresa ASMAR, pues ella no queda comprendida dentro de la esfera competencial de la Armada de Chile. Acompañó a la respuesta copia de los oficios de derivación respectivos.

b) No le resulta posible entregar algunos antecedentes comprendidos en la solicitud, al no encontrarse ellos en su poder, a saber: i) Las cartas dirigidas a las autoridades militares de otros países, por encontrarse precisamente bajo el dominio de sus destinatarios; ii) La siguiente información respecto de DIRECTEMAR: decretos de financiamiento de los PZM; resolución recaída en el contrato celebrado entre dicho organismo y DIPRIDA respecto del proyecto de desarrollo de los PZM; copia de ingeniería básica de los PZM; iii) El...

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