Decisión nº C1363-12 y C1364-12, de Consejo de Transparencia de 12 de Diciembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539914726

Decisión nº C1363-12 y C1364-12, de Consejo de Transparencia de 12 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2012
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPAROS ROLES C1363-12 Y C1364-12

Entidad pública: Municipalidad de La Florida

Requirente: Audax Italiano La Florida S.A.D.P. representada por don Claudio Tessa Ferrada.

Ingreso Consejo: 14.09.2012

En sesión ordinaria Nº 396 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de diciembre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de las solicitudes de amparos al derecho de acceso a la información Roles C1363-12 y C1364-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; el Decreto Ley N° 3.063, de 1979, del Ministerio del Interior, sobre Rentas Municipales; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Don Claudio Tessa Ferrada, Gerente General de Audax Italiano La Florida S.A.D.P., con fecha 14 de agosto de 2012, efectuó dos solicitudes a la Municipalidad de La Florida, requiriendo la información que en cada caso se indica:

a) Solicitud dirigida a la Administradora Municipal:

i. Oficios ordinarios u otros oficios, con indicación de sus correspondientes números, despachados por el administrador municipal al Alcalde desde la fecha en que el primero de ellos asumió el cargo hasta el 7 de agosto de 2012, donde se da cuenta de las patentes municipales morosas, referidas a grandes contribuyentes y los que no tienen esa categoría;

ii. Términos del procedimiento existente en esa administración Municipal para detectar patentes municipales morosas;

iii. Términos del plan de recuperación de ingresos municipales, referido al cobro de patentes municipales morosas, con indicación de la fecha desde la cual se encuentra en aplicación dicho plan de recuperación; y,

iv. Casos en que la administración municipal ha informado al Sr. Alcalde del municipio mediante oficio, que de acuerdo a la normativa vigente ha procedido a la clausura de algún negocio por morosidad en el pago de la patente municipal, desde que asumió el cargo hasta el 7 de agosto de 2012.

b) Solicitud dirigida al Sr. Alcalde del municipio: por la que solicita que le informen los casos en que se ha dictado decretos de clausura de establecimiento por morosidad en el pago de patente municipal desde que asumió el cargo el actual Alcalde hasta el 7 de agosto de 2012 con sus correspondientes decretos.

2) RESPUESTA: La Municipalidad de La Florida, mediante los Ordinarios Nos 859 y 862, ambos de 17 de agosto de 2012 y notificados al peticionario mediante correo electrónico de 30 del mismo mes y año, respondió:

a) Respecto de la solicitud del literal a), puntos i. y iv., así como del literal b), le informó que no es posible acceder a su solicitud toda vez que se trata de un tipo de información protegida dentro de la esfera del ámbito privado de las personas, y/o sus derechos de carácter comercial o económico. Asimismo le señala que en relación al artículo 23 de la Ley de Transparencia...

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