Decisión nº C1499-12, de Consejo de Transparencia de 24 de Octubre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539911190

Decisión nº C1499-12, de Consejo de Transparencia de 24 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2012
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Rendición de Cuentas
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL C1499-12

Entidad pública: Senado de la República.

Requirente: José Carrasco León.

Ingreso Consejo: 18.10.2012.

En sesión ordinaria N° 383 del Consejo Directivo, celebrada el 24 de octubre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1499 -12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 06 de septiembre de 2012, don José Carrasco León solicitó al Senado de la República, copia de la rendición de los gastos operacionales derivados de la asignación parlamentaria de los Senadores Sr. Fulvio Rossi Ciocca y Sr. Jaime Orpis Bouchon.

2) Que, con fecha 16 de octubre de 2012, la Jefa subrogante de la Oficina de Informaciones del Senado da respuesta al requirente, denegando la entrega de la información solicitada, en virtud del artículo 20 de la Ley de Transparencia, por cuanto se consultó la opinión a ambos Senadores, quienes se opusieron a la entrega de la documentación solicitada. Indicó además, que el mismo criterio anterior es el que inspira el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, la que establece, entre las causales de secreto o reserva en cuya virtud de podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, cuando su publicidad...

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