Decisión nº A125-09, de Consejo de Transparencia de 9 de Marzo de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539910650

Decisión nº A125-09, de Consejo de Transparencia de 9 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2010
TipoDocumentos Oficiales
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaObras Públicas (Vialidad)

DECISIÓN AMPARO A125-09

Entidad pública: I. Municipalidad de Recoleta

Requirente: Tomás Domínguez Balmaceda

Ingreso Consejo: 24.06.2009

En sesión ordinaria N° 131 de su Consejo Directivo, celebrada el 9 de marzo de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo Rol A125-09.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; la Ley N° 20.285, de 2008, sobre acceso a la información pública; la Ley N° 19.880, del 2003, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; el D.S. N° 357/1970, que aprueba el Reglamento de Cementerios; la Ley N° 18.096, de 1982, que transfiere a las Municipalidades los cementerios ubicados en sus respectivos territorios; el D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto coordinado, refundido y sistematizado del D.L. N° 2.763/79 y de las Leyes N° 18.933 y Nº 18.469; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285 y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 22 de abril de 2009 don Tomás Domínguez Balmaceda, solicitó a la I. Municipalidad de Recoleta:

a) La siguiente información sobre el contrato por $28.560.000 celebrado con la empresa “Asesorías y Servicios Limitada" (RUT: 77.416.260-9), llamado "Confección y Mantención de un Sistema de Información Georeferenciado (SIG) del Cementerio General", suscrito el 1° de abril de 2004 entre Jaime Jullian y Tulio Guevara:

i) La información recopilada.

ii) Las fotos aéreas que fueron tomadas.

iii) Los borradores del trabajo de corroboración en terreno de la información planimétrica.

iv) La base de datos digitalizada del establecimiento.

v) La nueva base de datos.

vi) Los planos confeccionados.

vii) Los planos cartográficos, los gráficos y listados entregados al establecimiento

viii) El proceso de mantención del SIG, mientras duró el contrato.

b) La siguiente información sobre el contrato por $24.000.000 celebrado con la empresa "Asesorías y Servicios Limitada" (RUT: 6.992.331-9), llamado "Análisis de la Situación de Competencia y Adaptación al Mercado", suscrito el 1° de de enero del 2005 entre Jaime Jullian y Tulio Guevara:

i) Los informes mensuales de la realización del análisis de situación de competencia.

ii) El análisis de la situación de competencia y adaptación al mercado realizado para el Cementerio General.

c) La siguiente información sobre el contrato por $33.276.000 celebrado con la empresa "'A&B Consultores" (RUT: 77.264.160-5), llamado "'Difusión del Patrimonio Artístico y Cultural del Cementerio General", suscrito el 3 de mayo de 2004 entre Ricardo Araya y Tulio Guevara:

i) La traducción al idioma inglés, alemán y francés del material editado por medio del contrato “Servicio de investigación y recopilación de información para el desarrollo turístico del Cementerio General".

ii) Los folletos temáticos editados en formato bilingüe y trilingüe.

iii) El CD interactivo en idioma bilingüe y trilingüe.

iv) En qué consistió la actualización y el rediseño de la página web del Cementerio General.

v) Cuáles son las rutas temáticas diseñadas para el Cementerio, las señaléticas confeccionadas y los nuevos mapas en versión bilingüe y trilingüe.

vi) Cómo y con cuáles agencias de turismo se interactuó, quiénes son los guías capacitados y quién y cómo fueron capacitados.

vii) Qué bibliografía sobre personajes históricos fue revisada.

d) Información relativa a la norma contractual o legal en virtud de la cual operó la renovación del contrato de continuidad de prestación de servicio a través de Contratación Directa por la Vía de la Excepción, para la "Difusión del Patrimonio Artístico y Cultural del Cementerio General", suscrito el 18 de mayo de 2005, por Ricardo Araya y Tulio Guevara. Asimismo, el requirente solicitó también conocer qué actividades fueron realizadas y financiadas a través de la renovación de este contrato.

e) Copia del contrato suscrito con la empresa "A&B Consultores", llamado "Servicio de Investigación y recopilación de información para el desarrollo turístico del Cementerio General" cuya expiración fue el 15 de abril de 2004.

f) Copia del contrato para la realización de un catastro forestal de Cementerio General y las razones que motivaron dicha venta.

g) Los detalles del contrato de compraventa de los derechos de agua del Cementerio General.

h) Copia de los presupuestos anuales del Cementerio General, en dónde se detallen los ingresos y egresos totales, a nivel de ítems, de los años 1999 a 2009.

i) Monto anual del aporte del Cementerio General a la Municipalidad de Recoleta, para los años 1999 a 2009. Asimismo, solicitó que se indiquen las distintas vías a partir de las cuales se produce cualquier tipo de aporte.

2) RESPUESTA: El órgano reclamado respondió la solicitud de acceso a la información, mediante Ord. N° 3000/02, de 5 de junio de 2009, informando lo siguiente:

a) Sobre el contrato firmado con la empresa "Asesorías y Servicios Limitada", llamado Confección y Mantenimiento de un Sistema de Información Georeferenciado (SIG) del Cementerio General", suscrito el 1° de abril del 2004: se denegó la información en virtud del art. 21 N° 1 a) de la Ley de Transparencia, pues dichos antecedentes habrían sido incautados por el Ministerio Público, Fiscalía Centro Norte.

b) Sobre el contrato firmado con la empresa...

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