Decisión nº A85-09, de Consejo de Transparencia de 19 de Julio de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 539908342

Decisión nº A85-09, de Consejo de Transparencia de 19 de Julio de 2009

Fecha de Resolución19 de Julio de 2009
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaDesarrollo y Gestión Institucional
TemaOrden y Seguridad Interior

DECISIÓN AMPARO Nº A85-09

En sesión ordinaria N° 60 de su Consejo Directivo, celebrada el 19 de junio de 2009, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol A85-09, por denegación de acceso a la información, deducido ante este Consejo el 11 de junio de 2009, por don Rubén Jerez Atenas, en contra de la Segunda Comisaría de Valparaíso – Carabineros de Chile, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24° de la citada Ley de Transparencia.

VISTOS:

El artículo 8° de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, y, el D.S. N° 13, de 2 de marzo de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

TENIENDO PRESENTE:

Que, con fecha 11 de junio de 2009, don Rubén Jerez Atenas, formuló reclamación de amparo a su derecho de acceso a la información, en contra de la Segunda Comisaría de Valparaíso, fundado en que dicho organismo le habría denegado el acceso a la información solicitada.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, con fecha 21 de mayo de 2009, el reclamante habría solicitado a la Segunda Comisaría de Valparaíso que se le entregara copia de una denuncia criminal Folio N° 3292.

2) Que, por su parte, en la misma fecha, el capitán de Carabineros de Chile, encargado de la Segunda Comisaría de Valparaíso, en dicha fecha, le habría negado en forma verbal el acceso a la información solicitada por el reclamante.

3) Que, con fecha 11 de junio de 2009, don Rubén Jerez Atenas, recurre ante este Consejo por denegación de acceso a la información por parte de la Segunda Comisaría de Valparaíso, en virtud del artículo 24 de la Ley de Transparencia.

EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES, POR LA UNANIMIDAD DE SUS MIEMBROS PRESENTES, ACUERDA:

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