Decisión nº C17-12, de Consejo de Transparencia de 29 de Febrero de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539905922

Decisión nº C17-12, de Consejo de Transparencia de 29 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución29 de Febrero de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaRegulación Interna
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C17-12

Entidad pública: Municipalidad de Macul.

Requirente: David Briones Soto.

Ingreso Consejo: 05.01.2012.

En sesión ordinaria Nº 319 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de febrero de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C17-12.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 23 de noviembre de 2011, don David Briones Soto solicitó a la Municipalidad de Macul el listado actualizado de patentes comerciales enroladas en la comuna de Macul, con excepción de las patentes industriales, profesionales y de alcoholes. Precisó que sólo requiere el rol, RUT, razón social, dirección comercial y giro.

2) Que, con fecha 05 de enero de 2012, don David Briones Soto dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Macul, fundado en la falta de respuesta a su presentación dentro del plazo legal.

3) Que, en sesión ordinaria N° 310, de 11 de enero de 2012, el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Promoción y Clientes de esta Corporación, encargada del Plan de Soluciones Alternativas de Controversias, a fin de...

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