Decisión nº C200-12, de Consejo de Transparencia de 27 de Febrero de 2012
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2012 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Justicia |
DECISIÓN AMPARO ROL C200-12
Entidad pública: Municipalidad de Quilpué.
Requirente: José Vallejos Ahumada.
Ingreso Consejo: 08.02.2012.
En sesión ordinaria N° 317 de su Consejo Directivo, celebrada el 27 de febrero de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C200-12.
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, con fecha 22 de diciembre de 2012, don José Vallejos Ahumada solicitó a la Municipalidad de Quilpué que, en su calidad de empleador directo del Juzgado de Policía Local, oficie al mismo a la entrega de la siguiente información:
a. Copia completa de cada causa de ese juzgado por partes (infracciones de tránsito, Ley 18.290) por velocidad cursados en esta comuna;
b. Infracciones, desde enero a noviembre del año 2011; y,
c. Hoja anexa (excel), indicando, rol de la causa, fecha del parte, datos del infractor, fecha y fallo de la causa.
2) Que, el 08 de febrero de 2012, don José Vallejos Ahumada, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Quilpué, fundado en que dicho órgano no habría atendido, dentro del plazo legal, su solicitud de información.
1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia...
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