Decisión nº C472-10, de Consejo de Transparencia de 29 de Septiembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539901958

Decisión nº C472-10, de Consejo de Transparencia de 29 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2010
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C472-10

Entidad pública: Municipalidad de Las Condes

Requirente: Eduardo Hevia Charad

Ingreso Consejo: 26.07.2010

En sesión ordinaria N°185 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de septiembre de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C472-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 15 de junio de 2010 don Eduardo Hevia Charad requirió a la Municipalidad de Las Condes le informare en forma desglosada el monto cobrado a la sociedad comercial “Johnson’s S.A.”, establecida en Avenida Manquehue Sur N° 31, sector G, nivel subterráneo, locales 149-153, del Centro Comercial Apumanque, por concepto de patente comercial y derechos de aseo, en los períodos comprendidos entre el primer semestre del año 2007 y el primer semestre del año 2010; además de indicarle, atendido el reducido capital de $604.704.- que aparece en el documento que en ese momento se exhibía en la tienda, cuál es el capital en que se basó el cálculo de los derechos, en cada una de las siete oportunidades mencionadas.

2) RESPUESTA: La Municipalidad de Las Condes, a través de su administrador municipal, don Omar Saffie Lamas, respondió dicho requerimiento mediante el Ord. Alcaldicio N° 10/839, de 6 de julio de 2010, indicando que para dar respuesta a la solicitud antedicha era necesario contar con la autorización expresa de la sociedad comercial de quien se requiere la información una vez consultada a la misma.

3) AMPARO: El 26 de julio de 2010 don Eduardo Hevia Charad, dedujo ante este Consejo el amparo a su derecho de acceso a la información solicitada, indicando no haber recibido respuesta clara a su solicitud, habiéndosele manifestado que sólo una vez que la sociedad autorizare a dicho municipio para aportar la información por él requerida se le comunicará ésta a la brevedad.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo, acordó admitir a tramitación el presente amparo, trasladándolo al señor Alcalde de la Municipalidad de Las Condes, mediante Oficio N° 1404, de 6 de agosto de 2010, quien hasta la fecha no dio respuesta a este Consejo dentro de plazo. Sin perjuicio de lo anterior, mediante Ord. N° 320, de 24 de septiembre de 2010, recibido por este Consejo el 27 de septiembre último, el Sr. Secretario Municipal de la Municipalidad de Las Condes, solicita tener presente a este Consejo al momento de resolver, las siguientes consideraciones:

a) Como este municipio estimó que los antecedentes solicitados contienen información que puede afectar los derechos del propio tercero cuya información se solicita, mediante Ord. N°10/838 de 06 de julio de 2010, comunicó al afectado Jonhson’s S.A. la solicitud correspondiente para ejercer su derecho a oposición si así lo estimare. Se le notifica por carta certificada que es recibida por la oficina de Correos el 7 de julio de 2010.

b) El 12 de agosto de 2010, el municipio recibe escrito de oposición de la empresa Jonhson’s S.A., donde se informa que esta última tomó conocimiento de su notificación...

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