Decisión nº C1373-12, de Consejo de Transparencia de 21 de Diciembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539898890

Decisión nº C1373-12, de Consejo de Transparencia de 21 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud, Grupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C1373-12

Entidad pública: Ministerio de Salud

Requirente: Michel Riquelme Norambuena

Ingreso Consejo: 20.09.2012

En sesión ordinaria Nº 399 del Consejo Directivo, celebrada el 21 de diciembre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1373-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 31 de julio de 2012, Michel Riquelme Norambuena solicitó al Ministerio de Salud (en adelante también MINSAL o el Ministerio) se respondiera la siguiente pregunta: Si es efectivo que el Sr. Ministro de Salud se comprometió con el dirigente Rolando Jiménez, o con algún representante del Movimiento de Integración Homosexual, MOVILH, a invertir 500 millones de pesos para atenciones de salud médico quirúrgicas de personas transexuales en el sistema público de salud para el año 2013. En caso afirmativo, se informe bajo cuales estudios técnicos se realizó ese cálculo de dinero y se envíen los mismos, o se indique donde se puede retirar copia de ellos. En caso negativo, se informe si el Sr. Ministro está contemplando una suma de dinero de parte del MINSAL para costear los tratamientos médico quirúrgicos de la población transexual en el sistema público de salud para el año 2013 y cómo se calculó esta suma.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 20 de septiembre de 2012, Michel Riquelme Norambuena dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.

3) SISTEMA ANTICIPADO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: En sesión ordinaria N° 377, de 3 de octubre de 2012, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, a fin de realizar gestiones tendientes a la resolución del presente caso. Como resultado de ésta gestión, el MINSAL remitió copia de carta N° 87, de 26 de septiembre de 2012, en respuesta a la solicitud que dio origen al presente amparo y que señala, en síntesis, que:

a) Desde 1976 el Hospital Carlos Van Buren de Valparaíso realiza cirugías a personas transexuales, contabilizándose a la fecha en ese establecimiento asistencial un total de 75 intervenciones. Acompaña tabla con las cifras ordenadas del año 2000 a 2012. Agrega que si bien...

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