Decisión nº C1591-12, de Consejo de Transparencia de 21 de Diciembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539898862

Decisión nº C1591-12, de Consejo de Transparencia de 21 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEducación

DECISIÓN RECLAMO ROL C1591-12

Entidad pública: Ministerio de Educación.

Requirente: Ana Rebolledo Parra.

Ingreso Consejo: 14.11.2012.

En sesión ordinaria N° 399 de su Consejo Directivo, celebrada el 21 de diciembre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1591-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 28 de septiembre de 2012, doña Ana Rebolledo Parra realizó una presentación al Ministerio de Educación (MINEDUC), requiriendo lo siguiente:

a) Última Resolución que da respuesta a solicitud de representante legal de la Corporación Aspaut, presentada aproximadamente en julio de 2012, sostenedora de los Colegios Magdalena Ávalos (RB125131-3) y Rompe mi Silencio (RBD 25528-9); y,

b) La documentación adjunta presentada para realizar dicho trámite.

2) Que, en fecha indeterminada la cartera ministerial reclamada, y en respuesta a lo anterior, hizo entrega a la solicitante de Resoluciones Exentas N° 2477 y N° 2478, con sus respectivas solicitudes de cambio de sostenedor, de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Educación de la Región Metropolitana (RM).

3) Que, el 14 de noviembre de 2012, doña Ana Rebolledo Parra dedujo ante este Consejo, amparo a...

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