Decisión nº C706-10, de Consejo de Transparencia de 5 de Noviembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539898822

Decisión nº C706-10, de Consejo de Transparencia de 5 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2010
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMedio Ambiente, Bienes Públicos, Industria (Productividad)

DECISIÓN AMPARO Nº C706-10

Entidad pública: Servicio Nacional de Pesca.

Requirente: Jan Van Dijk.

Ingreso Consejo: 08.10.2010.

En sesión ordinaria N° 196 de su Consejo Directivo, celebrada el 5 de noviembre de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo Rol C706-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N° 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el Sr. Jan Van Dijk solicitó al Servicio Nacional de Pesca que le informara acerca de los fundamentos adoptados por dicha institución respecto de la adenda N° 3, del Proyecto Central Termoeléctrica Barrancones.

2) Que, el 8 de octubre del presente año, el señor Van Dijk interpuso ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que no le habría dado respuesta a su requerimiento dentro del plazo legal establecido para ello.

3) Que, el Sr. Jan Van Dijk mediante el correo electrónico de fecha 29 de octubre de 2010, informó a este Consejo haber recibido la información solicitada de parte del Servicio Nacional de Pesca, manifestando su conformidad con la misma.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, a través de la comunicación dirigida a este Consejo por el señor Van Dijk con fecha 29...

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