Decisión nº C1141-13, de Consejo de Transparencia de 24 de Julio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539898750

Decisión nº C1141-13, de Consejo de Transparencia de 24 de Julio de 2013

Fecha de Resolución24 de Julio de 2013
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaJusticia

DECISIÓN AMPARO ROL C1141-13

Entidad pública: Ministerio Público.

Requirente: Jacob Antonio Goldstein Herrera.

Ingreso Consejo: 17.07.2013.

En sesión ordinaria N° 452 del Consejo Directivo, celebrada el 24 de julio de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1141-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 25 de junio de 2013, don Jacob Antonio Goldstein Herrera remitió mediante correo electrónico una presentación ante el Ministerio Público, a través de la cual requirió saber el estado actual de su solicitud SAP N° 192186, en que solicita copia de carpeta investigativa de la causa RUC 1310008064-2.

2) Que, con fecha 12 de julio de 2013, el Ministerio Público le remitió un correo electrónico al Sr. Goldstein Herrera, denegando el acceso a lo requerido, en virtud del artículo 21 N° 1 letra a) de Ley de Transparencia, por no ser el requirente interviniente en la causa sobre la que se consulta.

3) Que, el 17 de julio de 2013, don Jacob Antonio Goldstein Herrera dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública a través de la Gobernación Provincial de Elqui, e ingresado a este Consejo el 18 de julio pasado, en contra de la Ministerio...

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