Decisión nº C1132-13, de Consejo de Transparencia de 24 de Julio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539898674

Decisión nº C1132-13, de Consejo de Transparencia de 24 de Julio de 2013

Fecha de Resolución24 de Julio de 2013

DECISIÓN AMPARO ROL C1132-13

Entidad reclamada: Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco.

Requirente: Hayder Espinoza Soto.

Ingreso Consejo: 17.07.2013.

En sesión ordinaria N° 452 de su Consejo Directivo, celebrada el 24 de julio de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1132-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 5 de julio de 2013, don Hayder Espinoza Soto habría realizado una presentación ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, en términos desconocidos para este Consejo.

2) Que, el 17 de julio de 2013, el Sr. Hayder Espinoza Soto dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública ante este Consejo, en contra de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, fundado en que no recibió respuesta a su presentación. Además, reclama porque dicha Corte de Apelaciones infringió el artículo 191, el artículo 20 de la Constitución Política de la República y los artículos 7° a 12° de la Ley de Transparencia, al publicar causa Rol 24-2005.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 33, literal b), de la Ley de Transparencia, corresponde a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR